Jornadas docentes 2024

El Gobierno escolar ha programado jornadas institucionales de docentes para febrero, septiembre y diciembre de 2024, ya se ha publicado el material para febrero y las pautas de organización.

Acorde al calendario escolar 2024 las primeras jornadas institucionales se llevan a cabo los días 8 y 9 de febrero de 2024, en tanto que el miercoles 14 de febrero habrá una jornada de articulación solo para docentes afectados.

Desde la vigencia del DECRETO 2681/19 homologado por la LEY 9208 se entiende que los docentes no están obligados a asistir a reuniones fuera del horario habitual de la jornada de trabajo, es decir pueden hacerlo, pero no tendrán efectos sancionatorios ni descuentos en caso de no poder concurrir a una convocatoria fuera del horario laboral. Según el decreto, se entiende por «jornada de trabajo» del trabajador a la prestación profesional y técnica conforme a la que consta en la declaración jurada de horas y cargos.

Lo indicado en el párrafo anterior tiene consonancia, a lo aplicado en los últimos años sobre la asistencia a las jornadas institucionales, en donde se arbitran según la «declaración jurada» del agente y las actividades en días sábados han sido bajo el formato remuneradas y no obligatorias.

Ahora bien ¿Qué aclaraciones hay para el 2024?

La Resolución 120/24 de la Subsecretaría de Educación, que amplía las fechas del calendario escolar, detalla en el ANEXO II, punto 4.8 lo siguiente sobre las jornadas institucionales del 2024: Las Jornadas Institucionales que se realicen durante el Ciclo Lectivo 2024 deberán contar con la participación obligatoria de todo el personal de la institución. En caso de que los días en que se realicen las jornadas y el/la docente no deba presentarse en el establecimiento, deberá acordar con el equipo directivo las alternativas para su participación e informarse fehacientemente de los acuerdos realizados durante las mismas. Las instituciones educativas deberán instrumentar alternativas en los formatos y dispositivos a fin de lograr la mayor participación posible. El material y las actividades de las jornadas institucionales deberá ser trabajado y subido en la plataforma prevista para tal fin, al igual que el acta con los acuerdos.

Además teniendo en cuenta las jornadas de febrero del 2024, también se emitió el Memorándum 2/24 de la Subsecretaría de Educación en donde se comunicó lo siguiente:

  • Las Jornadas Institucionales son de carácter presencial y obligatorio para todo el personal durante el Ciclo Lectivo 2024.Tendrán una duración de 4:30 horas, respetándose los turnos de funcionamiento escolar. Las autoridades escolares deberán instrumentar alternativas en los formatos y dispositivos utilizados a fin de lograr la mayor participación posible.
  • Se deberá considerar que en caso de que los días en que se realicen las jornadas el/la docente no deba presentarse en el establecimiento, deberá acordar con el equipo directivo las alternativas para su participación e informarse fehacientemente de los acuerdos realizados durante las mismas (ver anexo II punto 4.8 sobre jornadas institucionales del Calendario Escolar).
  • Los docentes deberán participar de las jornadas institucionales de los diferentes niveles y modalidades a los que pertenecen, teniendo en cuenta la prioridad establecida en el Anexo II, Punto 4.7 del calendario escolar. Cuando se presente superposición horaria para la realización de la/s Jornada/s, se deberá tener en cuenta el siguiente orden de prioridad (según declaración jurada):

Escuela en las que su cargo u horas cátedras reviste/n carácter de titular.

Escuela con mayor carga horaria.

Escuelas en la que desempeñe cargo de Coordinador/a de área.

  • A fin de justificar la asistencia los/as docentes deberán presentar certificado de haber realizado las jornadas en otro establecimiento del mismo nivel/modalidad.
  • Deberán participar los miembros del Equipo Directivo y los/as cargos docentes, preceptores, SOE, Equipos Técnicos Educativos y Equipos de Apoyo a la inclusión departamental, en sus respectivos turnos. El personal administrativo y no docente desarrollará sus actividades habituales.

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