
Para los concursos de ofrecimientos de Horas y Cargos en el nivel secundario, de las escuelas estatales de Mendoza se siguen los procedimientos del capitulo de Suplencias establecidos por el decreto 313/85 en sus artículos 254 a 270.
Ahora bien dentro del nivel secundario existen tres modalidades: Orientada, Técnica y CENS. Desde el ciclo lectivo 2026 rige un regimen unificado de suplencias dispuesto por la RESOLUCION 291-DGE-26.
La Escuela publicará el llamado a concurso con 24 hs de anticipación en el portal educativo de la DGE, (Res.1305-DGE-18) determinando cargo o número de horas, asignatura, curso, división y turno e indicando además la dirección del establecimiento, día, hora del ofrecimiento
Los primeros tres llamados se efectúan con un intervalo mínimo de 24 horas cada uno en el nivel secundario. En caso de ser declarados desiertos los primeros tres llamados o que nadie opte por lo ofrecido en la suplencia se pasará a un cuarto llamado publicando el ofrecimiento nuevamente en el portal educativo de la DGE con 24hs de anticipación.
Requisitos para presentarse a un llamado
Al momento del concurso se debe contar con.
- DNI
- Bono de Puntaje Original Actualizado (Desde el 15/2/26 es el Bono Digital 2025 Secundaria )
- Certificado Psicofisico Original oficial vigente indicando la tarea especifica que se realiza en el llamado ( véase apartado psifcofisico para mas detalles)
- Declaración Jurada original de Hs, Cargos y Funciones vigente y debidamente completada. (Véase apartado DJ para mas detalles)
- Certificado de antecedentes penales: ver detalles en el siguiente LINK.
- Certificado del Curso de “Ley Micaela” desarrollada por el IPAP (Más detalles en la sección «cursos obligatorios docentes»)
- Certificado del Curso de “Ley Lucio” desarrollada por el IPAP (Más detalles en la sección «cursos obligatorios docentes»)
- Constancia de haber realizado el Curso de “Prevención, Intervención y Seguimiento de Situaciones de Bullying en la Escuela” desarrollada por el IPAP (Más detalles en la sección «cursos obligatorios docentes»)
METODOLOGÍA:
La Escuela debe primero establecer el orden de méritos entre los participantes con el siguiente criterio:
1° Titulo Docente
2°Título Habilitante
3° Título Supletorio
Una vez establecido el orden de méritos se ofrece las hs al primero, de no aceptar o de no corresponder (porque no cuente con toda la documentación en regla o estar incompatible en hs y cargos) se sigue con el segundo y así sucesivamente.
NORMATIVA DE LLAMADOS PARA EL NIVEL SECUNDARIO
Regimen Suplencias Secundaria
Metodología virtual para todas las modalidades de SECUNDARIA: RES 946DGE 2020
Instructivo aprobado por Resolución 946/2020: anexo
Instructivo para el docente: Manual de la Dirección de Tecnologías de la Información
