La Dirección General de Escuelas (DGE) puso en marcha el Movimiento Anual de Traslado Definitivo 2027 para Educación Inicial, destinado a docentes titulares de los cargos de Maestro/a de Sala y Maestro/a de Materias Especiales.
La convocatoria fue aprobada mediante la Resolución N.º 5773/2026 y establece el cronograma, la forma de inscripción, la documentación obligatoria y el procedimiento para el acto público, que este año volverá a realizarse bajo la modalidad virtual sincrónica.
Además, la Secretaría Técnica de la Junta Calificadora de Méritos de Nivel Inicial publicó la Circular N.º 1, aclarando algunos puntos del instructivo que habían generado consultas entre los docentes.
¿Quiénes pueden participar?
El concurso está dirigido a docentes titulares de Educación Inicial que se desempeñen en los cargos de:
- Maestro/a de Sala.
- Maestro/a de Materias Especiales.
Como regla general, el Estatuto del Docente exige haber permanecido dos años continuos en la misma escuela o localidad para solicitar un traslado.
También pueden solicitarlo quienes invoquen razones de salud, integración del grupo familiar u otras causales previstas por la normativa.
El trámite será completamente digital
Al igual que en las últimas convocatorias, la inscripción se realizará mediante GEI-PAD, dentro del evento:
«2027 MTAI – Movimiento de Traslado Anual Inicial».
Sin embargo, antes de realizar la carga digital hay un paso previo.
Primero, el docente deberá completar la Declaración Jurada (Anexo II), obtener el aval de la dirección de la escuela y posteriormente la certificación de la Inspección Técnica Seccional.
Una vez recibida esa documentación podrá efectuar la carga definitiva en GEI-PAD.
Cronograma completo
Del 11 al 14 de agosto de 2026
Presentación de la solicitud ante la dirección del establecimiento para obtener el aval correspondiente.
18 y 19 de agosto
La dirección remite las solicitudes a la Inspección Técnica Seccional.
Del 20 al 26 de agosto
La inspección devuelve las certificaciones para ser entregadas a cada docente.
Del 27 de agosto al 9 de septiembre
Carga de la solicitud y de toda la documentación en GEI-PAD.
La carga cierra el 9 de septiembre a las 23:59 horas.
Del 10 al 25 de septiembre
Tabulación de antecedentes por parte de la Junta Calificadora.
29 de septiembre
Publicación del Orden de Méritos Provisorio.
Del 29 de septiembre al 7 de octubre
Período para presentar reclamos o renunciar al concurso.
Los reclamos deberán enviarse al correo:
inicial.traslados@mendoza.edu.ar
9 de octubre
Publicación del Orden de Méritos Definitivo.
14 de octubre
Convocatoria para los casos con prioridad.
14 y 15 de octubre
Acto público virtual de ofrecimiento de cargos.
1 de febrero de 2027
Toma de posesión en el nuevo destino.
¿Qué documentación hay que presentar?
La mayor parte del trámite depende del propio docente.
Será obligatorio adjuntar en GEI-PAD:
- Declaración Jurada (Anexo II) firmada y avalada por Dirección e Inspección.
- DNI.
- Certificación de antigüedad emitida por GEI.
- Documentación respaldatoria de la causal invocada.
- Documentación correspondiente a la Ley 26.485, cuando corresponda.
Además, para participar será necesario contar con:
- Declaración Jurada de cargos actualizada.
- Constancias de emisión del voto de las elecciones realizadas desde 2021 a la fecha (cinco constancias). La DGE aclara que debe presentarse, como mínimo, un troquel comprobante de votación.
- No registrar la condición de infractor a la Ley Electoral.
Según el motivo del traslado, cambia la documentación
Dependiendo de la causal invocada, deberán adjuntarse distintos documentos.
Por ejemplo:
- Distancia al domicilio: recorrido obtenido desde Google Maps.
- Salud de familiares: certificado de Salud Laboral o CUD más documentación que acredite el vínculo.
- Salud del docente: certificación emitida por Salud Laboral.
- Razones de estudio: certificado de alumno regular.
- Embarazo: certificado médico.
- Lactancia: partida de nacimiento certificada.
- Único sostén de familia: documentación respaldatoria.
- Violencia de género (Ley 26.485): denuncia penal y documentación correspondiente.
Una aclaración importante de la Circular N.º 1
Luego de publicada la resolución, la Secretaría Técnica de la Junta emitió una primera circular aclaratoria.
Allí se precisan dos cuestiones importantes.
La prioridad para escuelas D y E
La Junta recuerda que los docentes titulares que hayan trabajado tres años en establecimientos categorizados como D o E conservan la prioridad prevista por el Decreto Provincial N.º 250/2018.
Es importante aclarar que esa prioridad solamente se aplica cuando existe empate en el puntaje entre los aspirantes.
La antigüedad se certifica al 31 de julio
Aunque las demás certificaciones se emiten conforme a la normativa vigente, la certificación de antigüedad deberá confeccionarse al 31 de julio de 2026.
Certificaciones que NO deben presentarse
Otra de las dudas que despeja la Circular N.º 1 tiene que ver con la documentación respaldatoria.
La Junta aclara que no corresponde presentar certificaciones para las siguientes causales:
- Régimen de jornada completa.
- Integración del núcleo familiar.
- Dificultad con el medio de transporte.
- Incompatibilidad en la escuela.
Esto no significa que esas causales desaparezcan, sino simplemente que no requieren una certificación específica como sí ocurre, por ejemplo, con las situaciones de salud.
Casos especiales previstos por la resolución
La normativa también contempla algunas situaciones particulares.
Por ejemplo:
- Quienes se trasladen desde una escuela albergue hacia una escuela de jornada simple modificarán su régimen laboral y salarial.
- Quienes soliciten trasladarse a una escuela albergue deberán contar con el Certificado de Aptitud Psicofísica APTO vigente para ese régimen.
- Los cambios de modalidad o especialidad deberán haber sido autorizados previamente mediante el expediente correspondiente.
- No se admite el cambio de nivel educativo mediante este concurso.
El acto público será virtual
El ofrecimiento de cargos volverá a realizarse de forma virtual.
Cada docente recibirá el enlace de conexión en el correo electrónico declarado en GEI.
Al momento del acto deberá remitir al correo oficial de la Junta:
- DNI o Pasaporte.
- Declaración Jurada de cargos actualizada.
Quienes no puedan participar podrán designar un tercero mediante la autorización prevista en el Anexo III, acompañando la documentación de identidad correspondiente.
Un consejo antes de enviar la solicitud
La propia resolución advierte que cualquier dato erróneo o falso consignado en la Declaración Jurada puede provocar la anulación del pedido de traslado y la remisión de los antecedentes a la Junta de Disciplina.
Por eso, antes de cargar la documentación en GEI-PAD conviene revisar cuidadosamente cada dato y verificar que todas las certificaciones correspondan a la causal invocada.
Para consultar la normativa
- Resolución N.º 5773/2026 – Movimiento Anual de Traslado Definitivo 2027 para Educación Inicial.
- Anexo I – Instructivo.
- Anexo II – Declaración Jurada – Solicitud de Traslado.
- Anexo III – Autorización para Tercero Interviniente.
- Circular N.º 1 de la Secretaría Técnica y Presidencia de la Junta Calificadora de Méritos de Educación Inicial.
De esa manera, cada docente podrá consultar la normativa completa y verificar los requisitos específicos de su situación antes de realizar la inscripción.
anexos
CIRCULAR JUNTA NIVEL INICIAL
