Concurso directivo 2027: hoy comienza la inscripción para traslado y ascenso


Desde este 22 de septiembre se encuentra abierta la inscripción para el Concurso de Traslado y Ascenso a la Jerarquía Directiva 2027. En esta etapa comprende cargos de director y vicedirector de Nivel Inicial, Primario y Educación Especial.


La inscripción permanecerá habilitada hasta el 30 de septiembre de 2026 y deberá realizarse mediante GEI, desde el Rol Eventos correspondiente a cada nivel o modalidad.



Esta etapa es únicamente para traslado y ascenso

La Resolución 6430/2026 de la DGE había anunciado una convocatoria más amplia, que comprende traslado, ascenso e ingreso a la jerarquía directiva en:

– Nivel Inicial.
– Nivel Primario.
– Educación Especial.
– Jóvenes y Adultos – CEBJA.

Sin embargo, la nueva Resolución 1542/2026 de la Subsecretaría de Educación reglamenta, por ahora, solamente el traslado y ascenso para Inicial, Primaria y Educación Especial.

Por lo tanto, todavía quedan pendientes las disposiciones específicas correspondientes al ingreso a la jerarquía y a los movimientos de CEBJA. Estas instancias deberán contar con sus propias indicaciones y cronogramas.

¿Quiénes pueden inscribirse?

Esta etapa está dirigida a directores y vicedirectores titulares que se encuentren en situación activa y cumplan los requisitos establecidos.

El concurso se desarrollará en forma virtual sincrónica.

¿Cómo se realiza la inscripción?

Los interesados deberán ingresar a GEI, seleccionar el Rol Eventos y acceder al evento correspondiente:

Nivel o modalidad| Evento en GEI
Nivel Inicial| 2027-TAJEI – Traslado y Ascenso Jerarquía Directiva Nivel Inicial
Nivel Primario| 2027-TAJPC – Traslado y Ascenso Jerarquía Directiva Primaria Común
Educación Especial| 2027-TAJEE – Traslado y Ascenso Jerarquía Educación Especial

Desde allí podrán acceder al enlace habilitado para cargar la documentación que será utilizada en la tabulación.

Una vez finalizado el plazo y cerrado el evento, no podrá incorporarse nueva documentación.

No se exigirán dos años de antigüedad en el cargo

Excepcionalmente y por única vez, para este concurso no se exigirá contar con dos años de antigüedad en el cargo jerárquico de origen.

Esto permitirá que también puedan inscribirse directores y vicedirectores titulares que todavía no hayan cumplido ese plazo.

De todos modos, el orden de méritos diferenciará entre quienes cuentan con dos años de antigüedad en el cargo jerárquico de origen y quienes todavía no reúnen ese requisito.

¿Qué vacantes se ofrecerán?

Se ofrecerán los cargos vacantes de director y vicedirector producidos hasta el 31 de agosto de 2026.

Los listados podrán actualizarse hasta el inicio del concurso y tendrá validez la última publicación oficial.

Todavía resta que las Juntas Calificadoras y las Direcciones de Línea informen el cronograma específico, los órdenes de mérito, las vacantes y otras aclaraciones operativas.

Documentación requerida al momento de optar

Al ejercer la opción, los postulantes deberán presentar:

– DNI o pasaporte y constancia de CUIL.
– Certificado psicofísico apto y vigente para el cargo.
– Declaración jurada de cargos.
– Constancias de emisión del voto en las elecciones realizadas desde 2021.
– Certificado de antecedentes penales vigente.

La resolución aclara que no se admitirán hojas de ruta, turnos, certificados provisorios, vencidos o en proceso en reemplazo del certificado psicofísico apto.

Para optar por establecimientos albergue deberá presentarse el último certificado emitido para ese tipo de escuela.

¿Qué se tendrá en cuenta para el orden de méritos?

Los anexos incorporan la declaración jurada y la grilla de tabulación. Entre los antecedentes considerados se encuentran:

– Actuaciones en comisiones técnicas.
– Desempeño en escuelas según su zona.
– Comisiones ad honorem.
– Concursos de oposición aprobados.
– Antigüedad docente.
– Antigüedad en cargos jerárquicos titulares y suplentes.
– Asistencia.
– Cursos, títulos, investigaciones y publicaciones.
– “Espíritu de iniciativa”.

La expresión “Espíritu de iniciativa” aparece literalmente en la grilla y contempla determinadas acciones realizadas durante el desempeño jerárquico titular que no formen parte de las obligaciones propias del cargo, que beneficien directamente a los estudiantes y que estén certificadas por la autoridad correspondiente.

El concepto profesional figura suspendido y no debe completarse.

La solicitud tendrá carácter de declaración jurada. La consignación de información incorrecta podrá ocasionar la anulación de la participación y la remisión de las actuaciones a Junta de Disciplina.

¿Cuándo será la toma de posesión?

La toma de posesión efectiva de los cargos adjudicados está prevista para el 1 de febrero de 2027.

Normativa y anexos

– Resolución 6430-DGE-2026: convocatoria general.


– Resolución 1542-SE-2026: traslado y ascenso para Inicial, Primaria y Educación Especial.


– Anexos: disposiciones generales, declaración jurada, grilla de tabulación y autorización a terceros.

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.