Las Juntas Calificadoras del nivel secundario de la DGE publicaron una circular con actualizaciones respecto a las suplencias docentes en cuarto llamado para lo que resta del ciclo lectivo 2024.
La Junta Calificadora de Secundaria publicó la Circular 2/24 con fecha del 25 de septiembre de 2024 y la misma se replica en Técnica con la Circular 8/24 con especificaciones para la suplencias en los cuarto llamados y siguientes.
Si bien la normativa base de los llamados a suplencias sigue siendo la misma: Resolución 047-DGE-2003 para secundaria y Resolución 248 del año 2022 de Técnica y Trabajo y la modalidad del sistema virtual según la Resolución 1478-DGE-2020, la circular de los cuerpos colegiados actualiza criterios sobre la documentación exigible.
En este sentido en base a las carpetas de antecedentes de los postulantes para el cuarto llamado y siguientes, siguen siendo archivos digitales que se suben a los llamados virtuales de secundaria, pero a partir de ahora hay un cambio en cuanto al requisito mínimo de materias aprobadas en el caso de los estudiantes con carreras incompletas, pues desde hoy los analíticos parciales deben demostrar que el estudiante haya aprobado un espacio curricular, como mínimo, de la carrera incompleta, dentro de los tres últimos años desde la fecha del llamado, para acreditar su condición y el piso mínimo de materias aprobadas pasa a ser de 20. (Los ciclos nivelatorios no habilitan para el desempeño en docencia y las materias aprobadas dentro de ellos no se computan)
Ahora bien , por otra parte se flexibiliza el criterio para que las escuelas consideren diferentes situaciones que surgen por la presentación del certificado psicofísico.
Pues a partir de ahora Secundaria permitirá que en los cuarto llamados y siguientes quienes hayan obtenido un bono de puntaje reciente y no posean horas ni cargos, puedan presentarse a concursar con psicofísico de efector público más código de trámite y/o turno de Salud Laboral, siempre y cuando hayan solicitado el mismo dentro de los 30 días posteriores a la fecha de emisión del BONO de puntaje, siendo el plazo para poder postularse con ticket de trámite y/o turno de Salud Laboral de 120 días a partir de la fecha de emisión del BONO de puntaje.
Sin embargo deberán tenerse en cuenta los diferentes aspectos según cada caso detallados en la Circular. Otra novedad es que ahora incorporan el concepto de certificados de Hospitales Privados de Nivel 4 (Centros de atención de salud con infraestructura y personal capaz de atender situaciones complejas).
Leer la circular completa:
Para seguir el procedimiento completo de un cuarto llamado y siguiente en el nivel secundario, repasar la sección «4to llamado» de esta web.
