Las Juntas Calificadoras del Nivel Secundario emitieron una circular actualizada para el ciclo 2025 referido al procedimiento de las suplencias con carpeta de antecedentes en 4to llamado o siguientes en las escuelas secundarias.
Por medio de la Circular 1/25 con fecha del 29 de abril de 2025 de Secundaria conjunta con la Circular 2/25 de Técnica, se actualizan las pautas con especificaciones para cuarto llamado y siguientes en las escuelas secundarias.
En la nueva circular los cuerpos colegiados recuerdan sobre la norma vigente para efectuar llamados destinados a cubrir suplencias de horas cátedra y cargos en cuartos llamados y siguientes: LEY 6929 y su decreto reglamentario 285/02, Ley 9598/24 y su decreto reglamentario 328/25, Ley 9606/24 y su decreto reglamentario 2810/24, Res. 6562/24, Res. N° 0047/03, Res. 1478/20, Res. 248/22 (Técnica), Res. 609/22, Res. 6105/24, Res. 6641/24 y Res. 6162/24.
Es decir que la nueva circular se amolda a las últimas leyes y resoluciones que emitió el Ministerio de Educación y la DGE en cuanto compatibilidad horaria, psicofísicos y antecedentes penales.
En este sentido siguen vigentes los requisitos ya establecidos en la normativa de llamados en cuanto a la titulación, antecedentes penales, declaración jurada de horas y psicofísico, pero ahora se brindan algunas especificaciones para determinados casos.
Algunos cambios sobre la titulación e incumbencia
En la nueva circular ahora se centra en los Títulos A y B, dejando de lado el Título C, pero por otra parte rebaja el piso de materias aprobadas para el caso de los estudiantes.
En el caso de los estudiantes del nivel superior que se presentan a un cuarto llamado o siguiente, se rebajó el piso para poder acceder a una suplencia, el año pasado se exigía un mínimo de 20 materias aprobadas del nivel superior y ahora se permite presentarse a un cuarto llamado o siguiente con un mínimo de 15 materias aprobadas.

El título C, será tenido en cuenta como última opción: En base a la nueva circular, y contrario a lo que sucede en un 1º,2º y 3º llamados al postulante que posea un Título C (Supletorio) en la tabulación recién será tenido en cuenta en el orden posterior a un título B sin registrar.
En la circular publicada se puede ver lo detallado en cuanto a los requisitos actualizados y las especificaciones para cado caso.
Para quienes son nuevos y van empezar a incursionar en los llamados a suplencias de secundaria, pueden consultar la sección «4to llamados» de esta web.
NORMATIVA

Quiero participar…gracias
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