El Gobierno Escolar publicó en el Boletín Oficial el protocolo obligatorio que deberán seguir las escuelas de Mendoza para casos de bullying.
A partir de ahora todas las escuelas de gestión estatal y privada de Mendoza deben aplicar el nuevo Protocolo de procedimientos ante situaciones de Bullying, aprobado mediante la Resolución 5679-DGE-2025. Esta norma viene a reforzar el marco institucional de prevención y abordaje de la violencia entre pares, con pasos claros y herramientas específicas para las escuelas.
📚 ¿Por qué ahora?
La publicación de esta resolución se da en un contexto de fuerte preocupación social, tras hechos de público conocimiento ocurridos en escuelas de Mendoza, que motivaron además el tratamiento de un proyecto de ley para modificar el Código de Contravenciones. Este proyecto busca aplicar multas de hasta $2 millones o tareas comunitarias a los adultos responsables de estudiantes que cometan bullying, cuando se compruebe falta de intervención o acompañamiento.
Es decir: la responsabilidad ya no es solo escolar, también es familiar y social. En este marco, el protocolo aprobado por la DGE formaliza cómo deben intervenir las escuelas y deja registro institucional de cada paso.
🧭 ¿Qué establece el protocolo?
El nuevo documento organiza el abordaje en 3 momentos:
1. Provención (Prevención primaria):
- Integrar la convivencia en el PEI.
- Nombrar y formar referentes escolares de convivencia.
- Crear espacios participativos con estudiantes y familias.
- Sensibilizar sobre el rol del “tercer actor” (testigos que naturalizan o refuerzan el bullying).
2. Intervención (Prevención secundaria):
- Activación inmediata ante la presunción de acoso.
- Documentación obligatoria en el GEI – Situaciones Emergentes.
- Entrevistas por separado con víctima, agresor y testigos.
- Comunicación con familias, siempre por separado, sin enfrentamientos ni mediación directa.
📝 Se utilizan tres instrumentos obligatorios (ver Anexo II):
- Hoja de registro del caso
- Plantilla de seguimiento del caso
- Memorando de entrevista
3. Posvención (Prevención terciaria):
- Acciones con el grupo de estudiantes (reflexión, buen trato, seguimiento).
- Revisión institucional de patrones, espacios críticos, y ajuste del PEI.
- Encuestas bianuales para evaluar la percepción de seguridad.
📎 Clasificación por gravedad del caso
El protocolo incluye tablas de evaluación para determinar si un caso es leve, moderado, grave o muy grave, con diferentes líneas de acción para cada uno. Se definen criterios como frecuencia, intensidad, impacto emocional y duración. Además, se contempla específicamente el ciberbullying y las violencias de género.
En casos graves o muy graves, se activa la intervención del DAE, SOE, ETI o Fiscalía, según corresponda.
🎓 ¿Qué deben hacer las escuelas ahora?
✅ Difundir internamente la resolución y el protocolo.
✅ Designar y formar referentes de convivencia.
✅ Incorporar el protocolo al Proyecto Educativo Institucional.
✅ Estar preparados para documentar cada caso en el GEI.
✅ Garantizar confidencialidad y seguimiento.
✅ Trabajar en conjunto con las familias, pero con roles claros.
📢 En resumen
Esta resolución no es una guía optativa, sino una norma de aplicación obligatoria, que además será clave si en el futuro se aplican sanciones legales fuera de la escuela. Tener documentación clara y actualizada, aplicar los pasos definidos y sostener un enfoque formativo y preventivo será fundamental para proteger a estudiantes, acompañar a las familias y cuidar a las instituciones.
NORMATIVA
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De lo mas profundo de mi alma espero que lo apliquen y sirva para algo. Porque lamentablemente si el protocolo anterior de por sí era deficiente, también influye si la escuela minimiza el caso. Y digo minimiza por no decir tapa, oculta, mira a otro lado. Y lo digo por experiencia propia. Pero Dios y el tiempo dirán si resulta efectivo.
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