Se publicó en el Boletín Oficial la nueva normativa de llamados a suplencias en Secundaria (Orientada, Técnica y CENS). Rige desde ahora y deja atrás resoluciones que tenían más de 20 años.
La DGE publicó la Resolución 291/26, que unifica y actualiza el régimen de suplencias para el Nivel Secundario en todas sus modalidades:
- Secundaria Orientada
- Educación Técnica y Trabajo
- Educación Permanente de Jóvenes y Adultos (CENS)
No modifica el Estatuto Docente ni el sistema de categorías, pero sí reorganiza integralmente los procedimientos de llamados.
Y el dato no es menor:
hasta ahora seguían vigentes la Resolución 47/2003 (Secundaria) y la Resolución 930/2005 (CENS). Es decir, el régimen específico no se actualizaba de manera integral desde hacía más de 20 años.
📌 Qué resoluciones se derogan
La Resolución 291/26 deja sin efecto:
- Resolución Nº 047-DGE-03 – Secundaria Orientada
- Resolución Nº 930-DGE-05- CENS
- Parte de la Resolución 248/2022 – Técnica (en lo referido a suplencias del nivel secundario)
Durante años el sistema funcionó con normas antiguas más resoluciones complementarias que fueron adaptando el procedimiento, especialmente desde la virtualización en pandemia.
Ahora queda una sola norma integral para todo el nivel.
💻 GEI: no es nuevo, pero ahora queda plenamente encuadrado
Los llamados virtuales no comienzan ahora.
Desde 2020, tras la normativa dictada en pandemia, los actos pasaron a realizarse digitalmente mediante GEI.
Sin embargo, mientras el sistema avanzaba electrónicamente, se seguían aplicando resoluciones del 2003 y 2005 pensadas para actos presenciales.
Eso generó durante años:
- Superposición normativa.
- Interpretaciones distintas según modalidad.
- “Parches” administrativos para adaptar lo viejo a lo digital.
La Resolución 291 alinea definitivamente la práctica digital con el marco legal.
📅 Cuándo pueden realizarse llamados
La norma fija un marco temporal claro:
- Desde una semana antes del inicio del ciclo lectivo.
- Hasta una semana antes de su finalización.
Fuera de ese período, solo con autorización expresa de Supervisión.
🕒 Plazos según tipo de vacante
🔹 Horas cátedra
- Se convocan cuando la vacante es de 10 días corridos o más.
- Publicación dentro de las 24 horas de producida la vacante.
🔹 Cargos iniciales
- Se convocan cuando la vacante es de 30 días corridos o más.
- Publicación también dentro de 24 horas.
⚖️ Prioridades y orden de mérito
Se mantiene el criterio histórico:
- Categoría A (título docente)
- B1
- B2
- C
La prioridad se define primero dentro de cada categoría, como siempre.
Es decir:
- Primero se ordenan los aspirantes A.
- Dentro de esa categoría se aplican criterios de prioridad.
- Luego se pasa a B1, y así sucesivamente.
Lo que cambia no es la lógica estatutaria, sino un parámetro técnico clave.
🔎 Cambio importante en cargos iniciales: de 20 a 15 horas
Uno de los cambios más concretos es la modificación del parámetro utilizado para definir prioridades en cargos iniciales.
Hasta el ciclo lectivo 2025, el sistema GEI tomaba como referencia 20 horas cátedra para equiparar con un cargo al momento de establecer el orden.
La Resolución 291/26 unifica ese criterio en 15 horas cátedra.
Ahora bien, es importante aclararlo para evitar confusiones:
👉 No cambia el orden de categorías.
Se mantiene exactamente el mismo esquema estatutario:
- Categoría A
- Categoría B1
- Categoría B2
- Categoría C
Primero se define el orden dentro de la Categoría A.
Recién agotada esa categoría se pasa a B1, y así sucesivamente.
Lo que cambia es el parámetro interno dentro de cada categoría para cargos iniciales:
- Prioridad para aspirantes sin cargo o con menos de 15 horas cátedra.
- Luego quienes poseen un cargo o 15 horas o más.
Este cambio obliga a adecuar el diseño técnico del sistema GEI al nuevo parámetro normativo.

🏫 Unificación en suplencias de cargos directivos
La Resolución 291 también ordena el procedimiento para suplencias de cargos jerárquicos y directivos.
Una novedad relevante es la intervención de las Direcciones de Línea, que deben emitir la resolución administrativa correspondiente para convocar llamados de este tipo.
Esto:
- Centraliza el procedimiento.
- Unifica criterios entre modalidades.
- Formaliza el encuadre antes del llamado.
Se mantiene la prioridad según escalafones y antigüedad jerárquica, pero ahora bajo un marco único.
✅ Qué debe cumplir y presentar un aspirante
La norma explicita requisitos personales y administrativos que deben acreditarse al momento de postularse.
🔹 Requisitos personales
El aspirante debe:
- Ser argentino/a nativo/a, por opción o naturalizado/a.
- Dominar el idioma castellano.
- Poseer capacidad física y psíquica.
- No encontrarse inhabilitado ni sancionado.
La capacidad física y psíquica se acredita mediante el certificado psicofísico.
La conducta administrativa se respalda con el certificado de antecedentes penales vigente.
Muchos de estos requisitos ya existían en el régimen general del empleo público, pero ahora quedan expresamente incorporados en la norma de suplencias.
🔹 Documentación obligatoria
Debe cargarse en GEI en un único PDF:
- DNI
- Bono de puntaje vigente o carpeta de antecedentes
- Declaración jurada de cargos actualizada
- Certificado psicofísico vigente
- Certificado de antecedentes penales (validez 90 días)
- Certificados de cursos obligatorios
📚 Nueva exigencia: cursos obligatorios
Uno de los cambios más visibles es que se exige acreditar:
- Curso Ley Micaela
- Curso Ley Lucio
- Curso de Prevención e Intervención en Situaciones de Bullying
Si no se poseen al momento del llamado, el aspirante dispone de 90 días corridos para completarlos.
Inscripciones:
https://ipapinscripciones.mendoza.gov.ar/
Antes no estaban incorporados formalmente como requisito dentro del régimen específico de suplencias

⚠️ Inhabilitación
Se mantiene la inhabilitación por un año calendario si el suplente:
- Renuncia antes de 3 meses.
- No toma posesión dentro de 48 horas sin causa justificada.
- Es dado de baja por incumplimiento.
Ahora todo queda registrado en GEI.
En síntesis
Después de más de dos décadas, la DGE unifica en una sola norma lo que durante años funcionó con resoluciones antiguas y adaptaciones parciales.
No cambia el Estatuto.
No cambia el sistema de categorías.
Pero sí:
✔ Deroga normas del 2003 y 2005.
✔ Consolida el sistema digital.
✔ Unifica criterios entre modalidades.
✔ Modifica el parámetro de 20 a 15 horas en las prioridades a cargos iniciales.
✔ Incorpora formalmente cursos obligatorios.
✔ Centraliza el procedimiento en cargos directivos.
ACCESO A NORMATIVA
ANEXOS
¿Te son de utilidad las publicaciones de este blog? Si lo deseas, podes colaborar con un «cafecito» para apoyar la continuidad de contenidos gratuitos para uso de la comunidad docente, en el siguiente botón hay mas detalles:

