Hay tres cursos que son obligatorios para el universo docente en Mendoza. ¿De qué se tratan los mismos y dónde realizar cada uno? Los detalles.
Con la vigencia de la nueva normativa de llamados a suplencias en el nivel secundario de Mendoza en todas sus modalidades, se introdujo la exigencia de 3 cursos específicos para los docentes que aspiran a una suplencia, sin embargo más allá del nivel secundario, el marco normativo de Mendoza exige que todo el personal de la educación tenga realizado tales cursados.
Pero es importante ordenar el concepto:
Los tres cursos no nacen con esa resolución.
Ya eran obligatorios.
Lo que hace la Resolución 291/26 es exigirlos juntos y expresamente como requisito administrativo para postularse a suplencias.
Aquí te explicamos cuáles son, de dónde surge la obligación y dónde realizarlos correctamente.

📌 Primero lo conceptual: ¿son obligatorios para todos?
Sí.
1️⃣ Ley Micaela
Obligatoria para todos los agentes del Estado (Ley Nacional 27.499 y adhesión provincial).
Alcanza a todos los docentes del sistema público.
2️⃣ Ley Lucio
Capacitación obligatoria en prevención de violencia contra niñas, niños y adolescentes (Ley Nacional 27.709).
En educación también aplica como parte del universo estatal que trabaja con niñez y adolescencia.
3️⃣ Curso sobre Bullying
Obligatorio por Resolución 6024/2025 de la DGE, que estableció su implementación progresiva y desde 2026 obligatorio para quienes ingresen al sistema educativo provincial.
Entonces, ¿qué cambia con la Resolución 291/26?
La 291 no crea estos cursos.
Lo que hace es:
✔ Unificarlos.
✔ Explicitarlos juntos.
✔ Exigir su acreditación para suplencias en Secundaria.
Desde la entrada en vigencia del Bono de Puntaje Secundaria 2025 (15 de febrero de 2026) y con el inicio del ciclo lectivo, estos tres cursos se exigen como requisito formal para postularse.
Pero la misma norma establece un plazo de 90 días corridos para completarlos en caso de no poseerlos.
📍 ¿Por qué esto impacta a todo el universo docente?
Porque:
- Dos de los cursos ya son obligatorios por ley para todo agente estatal.
- El de Bullying fue declarado obligatorio por resolución específica desde el 2025.
- La Resolución 291/26 los consolida como requisito administrativo visible.
En términos prácticos, es razonable prever que también serán exigidos en otros movimientos administrativos (como continuidades).
Por lo tanto, todo docente del sistema debería tenerlos realizados.
📚 ¿Dónde se hacen realmente?
Aquí es donde aparecen algunas aclaraciones necesarias.
La Resolución 291/26 indica que deben realizarse en el IPAP.
Sin embargo, en la práctica el circuito es el siguiente:
🔹 Ley Micaela
Se realiza en el IPAP.
👉 https://ipapinscripciones.mendoza.gov.ar/
Al inscribirse:
- Cargar CUIL.
- Seleccionar «Personal docente y DGE»
🔹 Ley Lucio
También se realiza vía IPAP.
👉 https://ipapinscripciones.mendoza.gov.ar/
Cargar CUIL.
Seleccionar «Personal docente y DGE»
🔹 Curso de Bullying
Aquí hubo dos situaciones:
1️⃣ En la versión original de la 291/26 se mencionó erróneamente “Billings”.
Eso fue rectificado oficialmente por la Resolución 335/26.
2️⃣ Aunque la resolución remite al IPAP, al ingresar aparece un aviso que redirige la inscripción.
Actualmente el circuito es:
- Ingresar a GEI.
- Ir a la sección “Eventos”.
- Inscribirse allí.
- La cursada se realiza en Escuela Digital Mendoza.
- Por cualquier consulta escribir: ayudaescueladigital@mendoza.edu.ar
- Implementación primera etapa: MEMO 301-SE-25



❓ Preguntas frecuentes
¿Son cursos presenciales?
No. Son virtuales y en modalidad autoasistida.
¿El certificado es automático?
No siempre.
Una vez aprobado el curso, el certificado se carga posteriormente en el sistema (Mendoza por Mí). Puede demorar algunos días.


¿Si no estoy activo puedo hacerlo?
Los sistemas suelen validar que el usuario sea agente estatal activo. Si no reconoce la situación laboral, puede impedir la inscripción.
¿Tengo que tenerlos antes de postularme?
No necesariamente.
La Resolución 291 establece un plazo de 90 días corridos para completarlos.
📝 En síntesis
Los tres cursos ya eran obligatorios por ley o por resolución previa.
La Resolución 291/26:
✔ Los reúne.
✔ Los hace visibles.
✔ Los exige juntos al momento de postularse a suplencias en Secundaria.

Más allá del episodio inicial del “Billings” (ya rectificado), hoy el requisito es claro.
Conviene anticiparse, realizarlos y evitar inconvenientes en llamados y futuros movimientos administrativos.
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mucha obligatoriedad pero desde comenzo el año trato de inscribirme a los tres y supuestamente están todos los cupos llenos
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