Ítem Especialización

El ítem incentivo docente especialización es un adicional salarial remunerativo creado por la Ley 9598, destinado a reconocer y fomentar la formación de posgrado de docentes y directivos titulares o suplentes en cargo vacante que trabajan en instituciones estatales de todos los niveles y modalidades bajo la órbita de la DGE.


👥 ¿A quiénes está destinado?

A docentes y directivos que:

  • Sean titulares o suplentes en cargo vacante.
  • Acrediten una formación de posgrado o postítulo pertinente.
  • Desempeñen funciones en gestión estatal dentro del sistema educativo provincial.

📚 ¿Qué tipos de formaciones se reconocen?

  1. Doctorados
    • Acreditados por CONEAU o convalidados.
  2. Maestrías
    • Acreditadas o convalidadas.
    • Carga mínima: 700 horas reloj.
  3. Especializaciones universitarias
    • Acreditadas o convalidadas.
    • Carga mínima: 360 horas reloj.
  4. Especializaciones de Institutos de Educación Superior (IES) de la DGE
    • Carga mínima: 400 horas reloj.
  5. Diplomaturas
    • Carga mínima: 600 horas reloj.
  6. Otras formaciones afines
    • Aprobadas por resolución del Director General de Escuelas por su relevancia.

📌 ¿Qué condiciones deben cumplir las formaciones?

Las formaciones deben:

  • Tener correspondencia temática con:
    • El ámbito educativo (fundamento o complementarios), o
    • El título base o los espacios curriculares/cargos que desempeña el docente.

La evaluación la realiza la Comisión de Incumbencias e Incentivos Docentes, que aprueba o rechaza cada caso.


⏳ Antigüedad máxima del título (según Resolución 4677/2025)

Tipo de formaciónAntigüedad máximaExcepciones
Especializaciones (IES o Univ.)10 añosSi superan 10 años: se requiere relación con ejes prioritarios + actualización académica (200 h) en los últimos 5 años.
Diplomaturas (IES-DGE)10 añosMismo criterio de excepción que especializaciones.
Diplomaturas universitarias4 añosY deben coincidir con ejes prioritarios.

Ejes prioritarios (algunos ejemplos): alfabetización, matemática, inclusión, ciudadanía, tecnología educativa, entre otros.


💰 ¿Cuánto se paga y por cuánto tiempo?

El incentivo ESPECIALIZACIÓN se abonará de acuerdo a la siguiente escala, relativa al porcentaje de la asignación de la clase más el estado docente del agente que cumpla con las condiciones en la reglamentación:

FormaciónPorcentaje del adicionalDuración del pago
Doctorado40 %Mientras esté en funciones (con actualización anual)
Maestría30 %4 años
Especialización20 %3 años
Diplomatura10 %2 años

El porcentaje se aplica sobre la “asignación de clase” más “estado docente”.


🔁 ¿Se puede renovar?

Sí. El docente puede solicitar una prórroga o actualización:

  • Si presenta nueva formación afín.
  • O si completa un posgrado de mayor jerarquía.

Solo se reconoce una formación por año, priorizando la de mayor jerarquía o carga horaria.


📝 Otros datos relevantes

La validez de la normativa es anual y puede actualizarse cada año calendario.

El ítem no es automático: se debe gestionar y presentar documentación mediante el sistema oficial (Mendoza x Mí).

La Comisión Ad-Hoc de Incumbencias es la autoridad técnica que valida las solicitudes.

LINKS DE UTILIDAD

TUTORIAL PARA REGISTRAR TITULACIONES: LINK

COMISIÓN DE INCUMBENCIAS E INCENTIVOS DOCENTES

  • CORREO DE CONTACTO: incentivoespecializaciondge@gmail.com

NORMATIVA

LEY 9598

DECRETO 328/25

RESOLUCIÓN 4677/25 ANTIGUEDAD MÁXIMA INCENTIVO ESPECIALIZACIÓN DOCENTE