Ingreso a la docencia 2022 nivel secundario

La DGE convoca al Concurso de Ingreso en Secundaria para titularizar horas cátedras y cargos de las diferentes modalidades del nivel secundario. La inscripción se realiza de forma online.

Tal como se había acordado el año pasado con la conducción anterior, del SUTE, este año luego de que finalicen con el concurso de Concentración para el Acrecentamiento en la totalidad de las areas, se pasará al concurso de los docentes en cambio de funciones para luego pasar al turno del «ingreso» en secundaria, movimiento que no se realizaba desde el año 2014, que en su momento permitió las titularidades del 2015.

Por medio de la Resolución 1648/22, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno Escolar convoca al concurso de ingreso docente 2022 en el nivel secundario.

La convocatoria del Concurso de Ingreso docente es para cubrir la titularidad de horas cátedra semanales y/o cargos, correspondientes a las áreas 01 a 21 y 24, a docentes que se desempeñan en el Nivel Secundario, cuyas instituciones dependen de la Dirección de Educación Secundaria, Dirección de Educación Técnica y Trabajo y Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, el que se realizará teniendo en cuenta las especificaciones previstas en el Anexo de la Resolución 1648/22.

La metodología del concurso será virtual sincrónica, de conformidad con el resto de los movimientos que se han realizado como parte de los concursos llevados a cabo.

El ingreso en la docencia se hará con no menos de 6 (seis) ni más de 14 (catorce) horas de clases semanales.

De acuerdo con lo preceptuado en el Decreto N° 313/85, en su artículo 216°, “Todas las vacantes que no se cubran por acrecentamiento pasan a ingreso”, debiendo las Juntas Calificadoras de Méritos intervinientes determinar y publicar las horas vacantes que forman parte de las horas del concurso de ingreso.

CONVOCATORIA DE CONCURSO DE INGRESO DOCENTE 2022 DISPOSICIONES GENERALES DEL CONCURSO
Condiciones para participar

1- Podrán participar del concurso los/as docentes suplentes que cumplan con los siguientes requisitos:
● Revisten en función Activa.
● Posean título [Decretos N° 1237/01 y N° 2460/07].
● Tengan Bono de Puntaje 2018.
● Estén comprendidos/as en las áreas convocadas por el concurso.
● Presenten Certificado Psicofísico vigente y específico [Artículo 6°, inciso 5 de la Resolución N° 172-DGE17].
● Presenten Declaración Jurada de Cargos y Horas encuadrados/as en la Ley de Incompatibilidad N° 6929
y su Decreto Reglamentario N° 285/2002.
● Presenten Certificado de Antecedentes Penales (expedido con fecha igual o posterior al 15/03/2022 para
participar de todo el movimiento).
● Acrediten no ser infractor/a por falta de emisión de voto en los últimos 3 años.

Sobre la organización del concurso de ingreso por áreas

2. El concurso de ingreso a la docencia está organizado por áreas, según la modalidad. Es decir, dado que existe bono de puntaje diferenciado, se realizará el concurso con el bono de punta de Educación Secundaria Orientada y Educación Técnica y Trabajo por un lado y con el bono de puntaje de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos por otro.


Sobre la inscripción

3.La voluntad de participar en el Concurso de Ingreso será expresada mediante la inscripción personal a través de un enlace que será dispuesto por la Dirección General de Escuelas. La inscripción tendrá carácter de declaración jurada. El plazo de inscripción será del 6 al 18 de mayo de 2022.

Orden de Mérito

4.La elaboración del orden de méritos es una atribución de las Juntas Calificadoras de Méritos. Se realizará siguiendo las pautas de la normativa vigente.

5.Dado que se trata de un ingreso a nivel secundario y que se realiza en forma simultánea entre las Juntas Calificadoras de Méritos de Educación Secundaria; Educación Técnica y Trabajo y Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, y que existen en la actualidad bonos de puntaje, los órdenes de mérito serán dos:

  • de Educación Secundaria Orientada y Educación Técnica y Trabajo; y
  • de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos

La organización de estos dos órdenes de mérito tiene su fundamento en garantizar la movilidad entre el nivel y las modalidades que lo integran.


Sobre la metodología para resolver reclamos de puntaje

6.Las Juntas Calificadoras de Méritos intervinientes definirán la metodología para resolver los reclamos relativos al puntaje en un instructivo operativo del concurso.


Sobre los plazos legales para resolver los reclamos del orden de mérito provisorio

7.De acuerdo con las normas vigentes, una vez publicado el orden de mérito provisorio, los/as docentes podrán presentar los reclamos en el siguiente plazo:

  • 15 (quince) días hábiles.

Sobre la publicación del orden de mérito

  1. Al momento de la publicación del orden de mérito serán utilizados los medios disponibles (GEM, Portal Educativo) para dar la más amplia difusión y con el fin de garantizar la agilidad y la mayor transparencia
    posible.


Sobre el porcentaje de vacantes

9.Las vacantes consideradas para el concurso son las previstas en el artículo 216° del Decreto N° 313/85, que prevé la provisión del 40 % del total de vacantes para el ingreso, luego de la aplicación de la distribución según el orden de prioridad:
a) Reincorporaciones desde la disponibilidad.
b) Traslados.

10.Por aplicación del mismo artículo, las vacantes no cubiertas por acrecentamiento deberán formar parte integrante del ingreso.

11.Deberá preverse la reserva del 15 % del total de las vacantes por ingreso para la aplicación del Artículo 80° del Decreto N° 313/85, para las reincorporaciones.

12.A los efectos del presente concurso y de acuerdo con lo determinado en la Ley N° 5041 se procederá a reservar del total de las vacantes por área el 4 % estipulado por el artículo 13° para el ingreso a la docencia de personas con discapacidad.

Sobre el ofrecimiento de las vacantes

13. Las vacantes se ofrecerán sin horario, especificando sólo el turno.


Sobre la liberación de las horas y /o cargos

14.Una vez liberadas las horas cátedras y/o cargos titulares por algún movimiento, el/la Docente pierde todo derecho sobre las mismas, ya que éstas pasan a integrar las vacantes ofrecidas.


Sobre el ofrecimiento según las competencias de cada título

15.Los ofrecimientos serán estrictamente según las competencias de cada título, estipuladas en el Bono de Puntaje vigente.


Sobre el encuadramiento en la Ley de Incompatibilidad

16.Al momento del ofrecimiento, el/la docente deberá presentarse encuadrado en la normativa vigente sobre incompatibilidad horaria, considerando todas las horas y/o cargos cualquiera sea la jurisdicción, el nivel y el carácter de los mismos (suplente, contratado, ejercicio privado de la profesión) Ley Provincial N° 6929 y su Decreto Reglamentario Nº 285/2002, en caso contrario no podrá participar del concurso.

Sobre la situación de incompatibilidad generada por el concurso

17.En caso de que se genere incompatibilidad por el movimiento de ingreso de horas cátedra o cargos, el/la docente deberá renunciar a las horas u cargos excedentes y presentar copia de tal dimisión, recibida y aceptada por algún/a integrante del Equipo Directivo de la Escuela, en la Sede del Concurso, dentro de las 72 (setenta y dos) horas posteriores al concurso como requisito inexcusable para la entrega del volante que concreta el Movimiento de Ingreso.


Sobre la modificación del ítem zona

18.El porcentaje del ítem zona será actualizado a la zona vigente del establecimiento donde se haga el movimiento de ingreso por aplicación del artículo 4° de la RIT-2019- 2399-GDEMZA-DGE.


Sobre el Cronograma

19.Las Juntas Calificadoras de Méritos intervinientes tienen la atribución y la responsabilidad de elaborar y publicar el cronograma del concurso, previendo la mayor difusión posible.


Criterios en empate

20.En caso de paridad de puntaje se aplicará lo dispuesto por los artículos 208° al 214° del Decreto N° 313/85. En este caso los/as aspirantes deberán presentar certificado analítico o título en donde consten los promedios de la carrera en el momento del concurso.


Alcances del concurso

21.Se podrá realizar el ingreso según el siguiente detalle:


a) Ingreso en horas cátedra:
Podrán ingresar en horas cátedra en las modalidades en las que se inscribió:
● Los/as aspirantes que posean Título Docente (a), Habilitante (b1 y b2), respetando las prioridades de los mismos y el Orden de Mérito confeccionado según puntaje del Bono 2018 que revisten como suplente.
● Quienes NO posean horas cátedra titulares en instituciones que dependen de la Dirección de Educación Secundaria (DES), de la Dirección de Educación Técnica y Trabajo (DETyT) y/o de la
Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos (DEPJA).
● Quienes posean 1 cargo titular en cualquier nivel, y aspiren a horas cátedra en instituciones de la DES, DETyT y/o DEPJA.
● Quienes posean 1 cargo titular directivo o jerárquico no directivo en cualquier nivel, y aspiren a horas cátedra en instituciones de la DES, DETyT y/o DEPJA.
● Quienes poseyendo 2 cargos titulares en cualquier nivel y aspiren a horas cátedra, podrán hacerlo siempre y cuando presenten la renuncia a por lo menos un cargo al momento del concurso, la que se hará efectiva a partir de la fecha de alta del ingreso.
La renuncia deberá ser presentada con sello de recepción, según las siguientes indicaciones:
Direcciones de Educación Inicial y Dirección de Educación Primaria: presentada en la escuela, elevada y recibida en la Supervisión respectiva.
Direcciones de Educación Secundaria, de Educación Técnica y Trabajo y de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos: presentada en la escuela y recepcionada en Mesa de Entrada de cada Dirección.
Docente de Escuela Estatal de Gestión Privada: Telegrama colacionado a la Institución donde se desempeña.
Docente con cargo en el Nivel Superior: renuncia presentada en la Institución, elevada y recibida en la Coordinación General de Educación Superior.
Docente con cargo en Universidades: renuncia presentada en la Dirección de Personal de la Universidad en la que se desempeña.


b) Ingreso en cargos (Preceptor/a-Secretario/a-Bibliotecario/a)
Podrán ingresar en Cargos (Preceptor/a; Secretario/a y Bibliotecario/a) en las que se inscribió:
● Los/as aspirantes con título docente (a) o habilitante (b1, b2), respetando las prioridades de los mismos y en el Orden de Mérito confeccionado según el puntaje con el Bono 2018.
● En primera instancia, quienes AL MOMENTO DE CONCURSAR NO POSEAN NINGÚN CARGO TITULAR O MENOS DE 20 HORAS CÁTEDRA TITULARES.
● Quienes posean cargo titular y deseen participar en primera instancia en otro escalafón docente, quienes deben presentar al momento del concurso la renuncia con la leyenda “Recibida y Aceptada”, con sello de recepción, según las siguientes indicaciones:
Dirección de Educación Inicial y Dirección de Educación Primaria: renuncia presentada en la escuela, elevada y recibida en la Supervisión respectiva.
Dirección de Educación Secundaria, Dirección de Educación Técnica y Trabajo y Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos: presentada en la escuela, recepcionada en Mesa de Entradas de cada dirección.
Docente de Escuela Estatal de Gestión Privada: Telegrama colacionado a la Institución donde se desempeña.
Docente con cargo en el Nivel Superior: renuncia presentada en la Institución, elevada a la Coordinación General de Educación Superior.
Docente con cargo en Universidades: renuncia presentada en la Dirección de Personal de la Universidad en la que se desempeña.
● En segunda instancia, los/as docentes con 1 cargo titular podrán titularizar un segundo cargo del escalafón docente, cuando no se presenten docentes sin cargo, dando así cumplimiento al Artículo 7° de la Ley Provincial N° 6929.

Situaciones no previstas

22.Ante la eventual emergencia de situaciones no previstas, las Juntas Calificadoras intervinientes deberán definir mediante instructivo correspondiente acciones a seguir.

Aclaraciones BONO CONDICIONAL

Los docentes que deseen participar del concurso de ingreso a la docencia podrán hacerlo con los bonos de emisión general 2018 y bonos condicionales.
La solicitud del bono condicional para incorporar títulos docentes se encontrará abierta hasta el día 13 de Mayo del 2022 a las 23:59 (GMT-3). Momento en el cual deberán haber cargado la documentación y haber CERRADO LA INSCRIPCIÓN (clickeando el botón en pantalla para tal fin.).


Luego de esa fecha no se recibirán nuevas solicitudes ni personas que hayan cerrado inscripción en fechas posteriores.


Es oportuno recordar que el docente deberá incorporar sus títulos debidamente registrados en oficina de títulos de DGE.


A los docentes que ya tienen bono condicional se les recuerda que el mismo se emite por única vez, por lo tanto no se puede incorporar nueva documentación, sin embargo quienes hayan obtenido TÍTULO DOCENTE para el nivel “con posterioridad a la obtención de su bono condicional” podrán incorporarlo. Para ello deben solicitar la reapertura de su bono condicional dge-juntadeja@mendoza.gov.ar o a jcmem@mendoza.edu.ar con la solicitud y la imagen de la nueva titulación como probanza. (Circular N°5 JCM-EPJA 7 de marzo de 2022 y Circular N°03
JCM-EPJA 7 de marzo de 2022 ).

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8 comentarios en “Ingreso a la docencia 2022 nivel secundario

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