El Gobierno Escolar ha publicado el nuevo Régimen de evaluación, acreditación y promoción, vigente desde el ciclo lectivo 2022 destinado a escuelas secundarias de Mendoza (orientadas y técnicas) que dependen de la DGE.
Las escuelas secundarias de Mendoza ya poseen el Régimen Académico del Nivel Secundario, según la Resolución 558/19 de la DGE, y ahora por medio de la Resolución 1850/22 del Gobierno Escolar, lo que se hace es reemplazar el anexo V referido a la evaluación, acreditación y promoción.
Vale destacar que debido al contexto de emergencia sanitaria por el COVID-19 las pautas referidas a la acreditación y promoción de la Res. 558 estuvieron suspendidas por los ciclos lectivos 2020 y 2021 debido a la escenario de excepcionalidad. Sin embargo a partir del ciclo lectivo 2022 se retoma, en este sentido el régimen académico que se establece para secundaria.
En la nueva norma legal se establecen las pautas para evaluación, referido a los saberes a evaluar y los procedimientos a aplicar desde los equipos directivos, servicios de orientación y los docentes.
Respecto a las calificaciones, las mismas serán expresadas , en calificación numérica de 1 (uno) a 10 (diez). Habrá 2 informes parciales en el año.
La calificación final anual resultará de la ponderación de todas las calificaciones obtenidas en el año escolar (incluidas calificaciones de proceso, evaluaciones individuales escritas, evaluaciones integradoras, etc.) y se expresa en números enteros de 1 (uno) a 10 (diez) con redondeo a cincuenta centésimos o al entero siguiente. La misma será comunicada a los estudiantes y a los adultos responsables a través del Boletín de Calificaciones y sistema GEM.
Por acuerdo institucional se establecerán los “criterios de ponderación” para la elaboración de los informes parciales, como también para la construcción de la calificación final anual.
Sobre la Evaluación Integradora, en vista de su obligatoriedad se destaca que el enfoque por competencias y el aprendizaje centrado en el estudiante supone la integración de los saberes, habilidades, destrezas, actitudes y valores, los cuales se ponen en evidencia solamente a través del desempeño. Por ello es fundamental planificar el desarrollo una instancia integradora que permita evidenciar los “resultados de aprendizajes” sobre los que se espera que el estudiante sea capaz de hacer luego de transitar el año escolar según calendario.
La acreditación será anual. Se logrará en cada espacio curricular cuando la calificación sea 7 (siete) o más, expresada en números enteros o con redondeo a cincuenta centésimos o al entero siguiente.
Los estudiantes que obtengan una calificación final inferior a 7 (siete), en cualquier espacio curricular, deberán ser evaluados en el periodo complementario de intensificación de saberes de diciembre y/o febrero, y por lo tanto se les garantizará orientación y acompañamiento docente para cada espacio curricular desaprobado
Serán promovidos al año inmediato superior los estudiantes que como máximo, adeuden dos (2) espacios curriculares correspondientes a su plan de estudio.
Permanencia: Cuando el estudiante adeude más de 2 (dos) espacios curriculares correspondientes a su plan de estudio, en la totalidad de su trayectoria escolar, deberá permanecer en el último año escolar que hubiere cursado, ajustándose en su trayectoria escolar a lo que disponga la normativa vigente respecto al régimen de permanencia. Por ejemplo: si adeuda dos espacios curriculares de 2do año, promueve a 3ro y si durante el cursado de 3ro no las aprueba, y desaprueba alguna de 3ro, permanece en el próximo ciclo lectivo en 3ro.
En los casos que corresponda, la definición de la situación académica del estudiante
quedará condicionada al resultado final obtenido luego del “período de recuperación de saberes”
Los estudiantes que adeuden más de dos (2) espacios curriculares correspondientes a su plan de estudio, serán evaluados en las instancias previstas para las asignaturas pendientes que prevea el calendario escolar. En caso de pases, si los espacios curriculares pendientes en el plan de origen, no integrarán el plan de destino, el estudiante quedará eximido de rendirlo.
Para los casos de alumnos a al inicio del ciclo lectivo, adeuden «tres espacios curriculares» se entienden que no podrán promocionar al curso superior, pero en la norma legal se establece que sigue vigente la «Recuperación de saberes» para esos casos en donde se suele implementar en el mes de marzo a fin de ayudar a que puedan logra la promoción de curso y no «permanecer».
“Recuperación de saberes”: es el período de 4 semanas de intensificación de saberes con acompañamiento docente, evaluación continua y formativa que se desarrolla en el inicio de cada ciclo lectivo regular, de conformidad al protocolo establecido en la normativa vigente al efecto. A esta instancia podrán acceder los estudiantes que no promovieron al año secundario inmediato superior, por no reunir los requisitos definidos en la normativa vigente para ello y cuya situación académica se ajusta a las condiciones definidas en el protocolo para el desarrollo de esta instancia. La finalidad de este período, es brindar al estudiante la posibilidad de acreditar alguno de los espacios curriculares no acreditados y promover al año escolar inmediato superior.
Los alumnos que no aprobaton algún A.P. , en la próxima instancia de marzo o abril rinden la materia completa? Gracias
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