¿A quiénes alcanza el pago anunciado para suplentes en enero?

Hoy, se informó que el 17 de enero será el día en que se producirá la tan esperada equiparación salarial que beneficia a 10.000 docentes suplentes. ¿Qué abarca ese beneficio? ¿quiénes son los suplentes implicados?

El beneficio no es para todos los suplentes, sino para los siguientes casos:

  • Cargo u horas vacantes.
  • Suplencias por art.48: Cuando el suplente reemplaza a un titular que se encuentra en cambio de funciones. (Estas licencias suelen ser largas, mientras dure la patología que originó la situación de revista y el dictamen de Junta médica)
  • Suplencias por art.61: Cuando el agente reemplaza a un titular por licencia de mayor jerarquía. Se trata de los titulares que se encuentran en un cargo de un rango superior en el escalafón docente, como por ejemplo cargos directivos o como funcionarios y por lo tanto hacen reserva de empleo sin goce de haberes.
  • Suplencias por art.62.: Cuando el agente reemplaza a un titular que hace uso de licencia gremial.
  • Celadores refuerzo.

Por lo expuesto, la medida solo se limita a esos casos de reemplazantes, en donde las suplencias sueles ser largas (varios meses o años) y en donde no se genera un gasto mayor presupuestario, ya que esos cargos, al ser vacantes u ocupados por titulares que hacen reserva de empleo sin goce de haberes, solo se le esta liquidando sueldo al suplente, a excepción de los suplentes que reemplazan a un titular en cambio de funciones. (En este último caso se pagan dos sueldos, el del titular y el del reemplazante por el mismo cargo, pero evidentemente el acuerdo incluyó igual a estos casos debido a que estas suplencias en la mayoría de los casos perduran hasta la jubilación del titular en esa condición)

Si bien el Gobierno anunció esta medida en plena campaña electoral asegurando que se concretaría a partir de noviembre y el SUTE lo festejó como un logro histórico, lo cierto es que a fin de noviembre, en un escueto comunicado del Gobierno Escolar, se informó que por un tema administrativo y de homologación de la paritaria se postergaba la medida para mediado de enero de 2020.

La DGE sostiene que este beneficio ahora se puede lograr, merced al orden administrativo y los avances informáticos a través del sistema GEM (Gestión Educativa Mendoza), que otorgan información más veloz y detallada.

¿Qué se paga el 17 de enero?

El Gobernador anunció hoy: “El próximo viernes 17 de enero, acreditaremos el pago del salario de los docentes y celadores suplentes, que a partir de ese momento quedarán en igualdad de condiciones que los titulares. Esta medida de reparación histórica, que se concreta producto del orden en las cuentas públicas, beneficiará a más de 10.000 trabajadores de la educación”.

Al no haber más precisiones, debe tomarse en cuenta que el último haber depositado a los suplentes que cobrarían como un titular fue «noviembre» acreditado el 31/12/2019, por lo tanto lo adeudado para este grupo de agentes sería el mes de «diciembre», para lógicamente a fin de este mes cobrar al igual que todos los titulares el mes de «enero 2020».

Respecto al aguinaldo, no se ha precisado si se hará también en enero o más bien en febrero con la totalidad del personal suplente.

¿Qué aumentos verán reflejados los docentes suplentes que cobran el 17 de enero?

  • DOCENTES: “diciembre” con un 6,6% de aumento mensual. En lo que va del año equivale al 49,9 acumulado (48,3%+1,6% extra).Estos cálculos se hacen sobre el básico, estado docente y clausula de garantía de diciembre de 2018)

Recién para la semana que viene se dará a conocer el reporte de inflación de diciembre, que se estima sea alrededor de un 6% y en base a ese cálculo se sabrá el nuevo y ultimo aumento ajustado por inflación para los docentes de Mendoza.

Vale recordar que si bien el acuerdo empezará a regir este mes, la base de datos para la liquidación es sobre lo que informan las escuelas via GEM, por lo tanto si un suplente efectivamente entra en el acuerdo paritario, pero que en su escuela no se refleje bien su situación de revista, entonces deberá solicitar la corrección. Una manera de saber que realmente la causa de la suplencia esta bien cargada es ingresar a la Declaración Jurada de Horas y Cargos y allí en el casillero «Motivo de reemplazo» debería decir «SUPLENTE CARGO VACANTE» o por los artículos 48,61,62. Pues solo esos casos son los que se va a equiparar el pago como a un titular.

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9 comentarios en “¿A quiénes alcanza el pago anunciado para suplentes en enero?

  1. Yo me jubilé como docente en julio de 2019 con 36 hs, 5 de las cuales titulares y las otras 32 suplente en cargo vacante. Solicité el pago de vacaciones no gozadas y me pagaron solo las de las 5 hs titular. Cuándo me pagarán el resto, que no es poco ???

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    1. Y en colegios privados tambien? Porq si nadie va a controlar ni inspeccionar nada te pagan lo q se les antoja y encima estan subsidiados… te dan un recibo que dice «$2,50» y pensas q es asi cuando en realidad te estan debiendo mas de 12 lucas

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