En el nivel secundario las suplencias se realizan mediante el sistema virtual, tal como se habilitó desde el año pasado por el contexto de pandemia, se repasan algunos de los puntos destacados sobre el procedimiento de los concursos según la normativa vigente.
A diferencia de otros niveles, Secundaria cuenta con el Bono de Puntaje DIGITAL, eso hace que no se necesite usar un documento de papel y directamente todo esta cargado en la base de datos del sistema GEM, por lo que facilita el sistema de concursos virtuales.
CUENTA VIRTUAL
Los llamados pueden verse en la sección «Educacionales» del Portal Educativo de la DGE, sin embargo para poder postularse, el docente debe tener una cuenta de usuario de GEM, y adicionalmente, tener activado el ROL PAD, sin usuario y sin rol no podrá postularse a los llamados. (para ver los pasos de creación de usuario y activación de rol PAD ver la sección GEM)
POSTULACIÓN
Una vez que encuentre un llamado de interés podrá postularse desde 4 (cuatro) horas antes del horario del llamado y acto seguido subir la documentación requerida como archivos adjuntos, tal como se explica en el siguiente párrafo.
REQUISITOS PARA 1º,2º Y 3º LLAMADO
Para poder participar en un llamado de secundaria el docente debe poseer la siguiente documentación:
- Bono digital de Secundaria 2018 y si no lo tiene debe tramitar el Bono Condicional de Secundaria.
- Psicofísico válido, específico y vigente. (escaneo del original)*
- Declaración Jurada de Horas y cargos (En caso de rectificación adjuntar probanzas)*
- DNI (escaneo de ambos lados del ejemplar original)*
En el caso del Bono de Puntaje al ser digital ya aparece pre cargado en GEM, de la misma forma la declaración jurada de horas y cargos, pero en el caso de este formulario deberá revisarse que la información presentada sea correcta, pues si hay errores, deberá adjuntarse escaneos de las probanzas necesarias. Las fotos o escaneos del DNI y psicofísico deben ser de la documentación original.
(*) Los escaneos pueden ser en PDF o foto legibles en JPG pero no deben pesar más de 2mb cada archivo.
PROCESO DE VALIDACIÓN
La Escuela tiene una hora para realizar las validaciones, en el caso de demorarse más de una hora, el sistema le informará el horario en el que se podrá optar.
Participarán del llamado todos aquellos postulantes marcados con documentación válida y que no estén marcados como ‘No reúne requisitos’ (NRR).
Quien esté en primer término contará con un máximo de 10 minutos para aceptar o rechazar, en caso de no hacerlo en ese tiempo, dará lugar inmediatamente al segundo postulante y así sucesivamente hasta cubrir el llamado. El docente que no ingrese quedará automáticamente excluido del llamado.

¿POR QUÉ QUEDÉ COMO DOCUMENTACIÓN NO VALIDA O NRR?
Algunos postulantes se preguntan porque quedan encasillados como «Documentación no válida». Esto paso cuando algo de la documentación esta incompleto o hay errores, pudiera ser que subimos el DNI pero de un solo lado y no de ambos, que el psicofísico estaba vencido o la declaración jurada incompleta, etc. en cualquier caso la Escuela indicará en las observaciones las razones de la decisión.
Otro caso es quedar como «NRR», es decir «no reúne requisitos» eso pasa cuando alguien se postula pero no tiene incumbencias, por ejemplo quizá el llamado es de Lengua y se presentó un Profesor con Bono de Puntaje de Matemática.
¿POR QUÉ VARIAN LOS CRITERIOS EN EL ORDEN DE MÉRITO ALGUNAS ESCUELAS?
Si bien los llamados de suplencias usan el mismo sistema para SECUNDARIA, dentro del nivel hay tres modalidades diferentes: «Orientada», «Técnica» y «Adultos» (Cens) y por ende cada modalidad tiene su propia resolución de llamados y los criterios de cada Junta Calificadora de Méritos, pero en realidad a la hora de realizar el orden de méritos la única diferencia que podemos hallar es cuando hay ofrecimiento de cargos (preceptor, secretario, bibliotecario, etc.), pues cuando se ofrecen horas cátedras el criterio será siempre el mismo más allá de la modalidad de secundaria, a saber:
1° Titulo Docente (BONO A)
2°Título Habilitante (BONO B)
3° Título Supletorio (BONO C)
Ahora bien para el caso de «CARGOS» (preceptor, secretario, bibliotecario, etc) hay variaciones, pues en SECUNDARIA ORIENTADA el criterio es:
1°) Aspirantes con título docente a) a los aspirantes con título docente sin cargo o con menos de 15 horas cátedra. b) a los docentes con un cargo o con 15 horas cátedra.
2°) Aspirantes con título habilitante a) a los docentes sin cargo o con menos de 15 horas cátedra. b) a los docentes con un cargo o con 15 horas cátedra.
3° )Aspirantes con título supletorio a) a los docentes sin cargo o con menos de 15 horas cátedra. b) a los docentes con un cargo o con 15 horas cátedra.
Pero en SECUNDARIA TÉCNICA Y CENS al ofrecer «CARGOS» (preceptor, secretario, bibliotecario, etc) sigue el siguiente criterio:
1°) Aspirantes con título docente a) a los aspirantes con título docente sin cargo y hasta 20 horas cátedra. b) a los docentes con un cargo o con más de 20 horas cátedra.
2°) Aspirantes con título habilitante a) a los docentes sin cargo y hasta 20 horas cátedra. b) a los docentes con un cargo o con más de 20 horas cátedra.
3° )Aspirantes con título supletorio a) a los docentes sin cargo y hasta 20 horas cátedra. b) a los docentes con un cargo o con más de 20 horas cátedra.
¿QUÉ PSICOFISCO ES VÁLIDO?
El tema de psicofísicos esta reglamentado por la Resolución 29-DGE-17 y su rectificatoria parcial 172-DGE-17 y para el caso puntual de los llamados virtuales y el contexto de pandemia el Art.3º de la Res.946-DGE-2020 mientras siga vigente.
Es decir que en términos generales todo psicofísico debe ser «válido, vigente y específico»
Para más detalles sobre la vigencia ver la sección «psicofisicos»
Últimamente una consulta frecuente es ¿Qué sucede con una tanda de certificados psicofísicos que no tuvieron fecha de emisión pero si incluyen fecha de vencimiento? En realidad la reglamentación de psicofísicos y de llamados virtuales no lo especifican, pero las escuelas que dependen de la Junta de Secundaria Técnica se basan un «comunicado» con fecha del 25/9/20 en donde excluyen a todo postulante que no posea psicofísico con fecha de emisión.
¿Se puede obtener la fecha de emisión de un certificado que todavía está vigente pero fue realizado hace años atrás? Sí, el docente o celador puede enviar un correo a: dge-certif-aptitud@mendoza.edu.ar y detallar los datos personales adjuntando foto o escaneo del certificado y solicitar la fecha de emisión que luego podrá adjuntar a los llamados en donde escuelas «Técnicas» que se basan en el «comunicado» de Junta no objeten la participación del postulante.
IMPUGNACIONES
Una vez que finaliza el concurso, los participantes del mismo tienen acceso a la documentación del acto administrativo y tiene la opción de «Impugnar» si creen observar alguna irregularidad. El sistema GEM ha adecuado que el proceso de impugnaciones siga una linea de orden jerárquico en donde la primera impugnación la resuelve la Escuela que realizó el llamado, luego en caso de proseguir el conflicto, será la Supervisión correspondiente y finalmente la Junta Calificadora en caso de llegar a esa instancia. Vale mencionar que a los fines de que las impugnaciones tengan asidero, debe fundamentarse y/o probarse la irregularidad cometida acorde a la normativa vigente.
ALTAS Y/O SANCIONES
A través del sistema virtual con hacer solo un clic, se confirma la aceptación del cargo u horas que el docente puede acceder. Sin embargo es importante destacar que la aceptación conlleva el compromiso en el que se presume que cumplirá lo referido a las obligaciones inherentes del cargo según el Estatuto Docente y las normas complementarias.
En este sentido cuando un docente acepta un ofrecimiento, luego debe hacer efectiva la prestación de servicio, pues en caso de no realizar la posesión efectiva y/o renunciar inmediatamente da lugar a las inhabilitaciones para presentarse a otros concursos posteriores que la Junta Calificadora de Méritos impondrá el docente.
Es el Decreto 1521/94 el que faculta a los directores escolares a realizar la denuncia respectiva a las Juntas Calificadoras implicadas cuando un docente:
- Renuncie antes de los tres meses del alta efectiva.
- No se haga cargo dentro de las 48hs del concurso, sin causa justificada.
Además también en los casos de inasistencias injustificadas, incumplimientos de los deberes y las faltas contempladas según el Estatuto Docente, los directores pueden solicitar la baja a la Dirección de línea correspondiente con las debidas probanzas y actuaciones correspondientes.
Podrás hallar detalles sobre los llamados en secundaria en «SUPLENCIAS VIRTUALES»
¿Te son de utilidad las publicaciones de este blog? Si lo deseas, podes colaborar con un "cafecito" para apoyar la continuidad de contenidos gratuitos para uso de la comunidad docente, en el siguiente botón hay mas detalles:

Necesito un cargo de cuarto llamado en lengua y literatura
Me gustaMe gusta
¿Hay algún archivo oficial en donde se aclare que el DNI y psicofisico deben ser escaneo del original?
Me gustaMe gusta
Se puede presentar a un llamado estando aislado por covid?
Me gustaMe gusta