Agosto: sueldos del sector educativo.

Se acerca la acreditación de haberes de agosto 2022 para el sector educativo. ¿Cómo queda finalmente la actualización salarial para los trabajadores de la educación en Mendoza?

El último día hábil de agosto es el miércoles 31, por lo tanto ese día, se verán reflejadas las acreditaciones salariales en cada cuenta sueldo. Esto significa que se pagará mes de “agosto 2022” a docentes titulares y personal equiparado, mientras que los reemplazantes en general cobrarán mes de «julio 2022«.

TITULARES: Aunque en el detalle del recibo de haberes el personal titular percibe los haberes de agosto vale destacar que el reflejo de la asistencia cumplida es la del mes de julio, según lo informado por el lugar de trabajo.

SUPLENTES NO EQUIPARADOS: El personal reemplazante en general, percibe los haberes del mes julio, ya que cobra con retraso y precisamente las obligaciones liquidadas corresponden a lo trabajado en el mes de julio.

SUPLENTES CON ALTAS POR PRIMERA VEZ: El 31/8 corresponde abonarse lo trabajado en el periodo del mes de julio del 2022. Quienes hayan trabajado menos del mes completo recibirán un proporcional. Si se trata de la primera vez que un agente cobra en el sector docente deberá consultar en dónde se ha realizado su acreditación a Tesorería de la DGE – Teléfonos: 261-3852890/2758 o al correo: dge-sueldos@mendoza.gov.ar.

¿Cómo queda el aumento para el sector educativo?

Finalmente luego de varios decretos y la última negociación paritaria del pasado 26 de agosto, el aumento sería de la siguiente forma:

AGOSTO: En los haberes de agosto los docentes y celadores titulares (y equiparados) notarán un incremento del 12% en el Ítem 1003: Asignación de la Clase, cuyo aumento ya había sido establecido por el Decreto 1293 publicado el 1 de agosto en el Boletín Oficial. A ello se le debería sumar el aumento adicional en el Estado docente (ítem 1313) del 35% al igual que en el caso de los CELADORES (ITEMS 3097 Y 1423). Sin embargo vale aclarar, que al momento de la negociación paritaria (26 de agosto) las liquidaciones del mes en curso ya estaban procesadas, por ende la lógica indica que el próximo 31 de agosto, el aumento por los ítems: Estado docente (ítem 1313) o en el caso de los celadores (ítems 3097 Y 1423) sería solo el garantizado por el Decreto 1293, es decir de un 25%. Por ende el 10% extra que falta para llegar el 35% ofertado, se entiende que probablemente será abonado aparte por pago de suplementaria.

Ahora bien en el caso de los REEMPLAZANTES en general, recién estarían cobrando haberes de MES JULIO, por lo tanto solo percibirán un pequeño porcentaje del 5% únicamente (tanto docente como celador) sobre un único ítem: Asignación de la clase, ya que para esta liquidación solo rige lo estipulado por el DECRETO 1225.

¿Qué pasa con los días de paro?

El Gobierno ya anticipó que la adhesión a los días de paro conlleva descuentos. En este sentido vale recordar que el mes pasado, la medida de fuerza se realizó durante los días 26 y 27 de julio por lo que indefectiblemente su impacto se verá reflejado en los haberes que se acrediten esta semana.

Sin embargo el ausentismo de los días 8,9 y 10 de agosto recién las escuelas lo estarían informando por medio del cierre de planilla de novedades el mismo jueves 31 de agosto, junto al resto de las inasistencias de todo el mes en curso, ya que este es el proceso habitual para la liquidación de haberes en DGE. Aunque vale destacar que también es cierto que los días que hubo paro, el Gobierno Escolar solicitó realizar un relevamiento exclusivo de tales días a través del sistema GEM, a los fines de tener en la base de datos el ausentismo en tiempo real. Ahora bien, si el sector de Administración de la DGE utilizó ese relevamiento de los días de paro para ya anticipadamente calcular descuentos, solo en ese caso tendría fuerza lo que algunos medios de prensa difunden al indicar que los docentes tendría los descuentos de todos los días de paro, juntos (julio y agosto).

Pero si las inasistencias de paro, se procesan como toda inasistencia habitual, las referidas a julio deberían ser descontadas en los haberes que se acreditan esta semana, en tanto que las ausencias del mes de agosto, recién en la acreditación de septiembre.

PISO MÍNIMO

Hay que recordar que en caso de que con los aumentos dispuestos y la suma de todos los ítems variables (ubicación, antigüedad, etc.) el agente no logra llegar al mínimo establecido para el salario docente, aparece la «cláusula de garantía» para compensar de manera provisoria el faltante para llegar al piso mínimo.

En este sentido vale repasar lo referido a salario mínimo docente según el Decreto 1293/:

  • julio $63.000
  • agosto $67.200

La clausula de garantía se liquida hasta 2 cargos ó 36 horas cátedras.

FONDOS NACIONALES

En lo referido a aportes por el FONID se detalla a continuación los valores actualizados por cargo docente ó 15 horas cátedras:

  • A partir de julio 2022: $7391($5141 incentivo docente + $2250 didáctico/conectividad)
  • A partir de septiembre 2022: $7884 ($5634 incentivo docente + $2250 didáctico/conectividad)
  • A partir de diciembre 2022: $8423 ($6123 incentivo docente + $2250 didáctico/conectividad)

El monto máximo a pagar en cualquiera de los componentes de FONID (incentivo o material d.) es hasta 2 cargos ó 30 horas cátedras.

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5 comentarios en “Agosto: sueldos del sector educativo.

  1. Hola Mike!
    Qué te parece hacer un drive con la simulación salarial?
    Así podemos ver bien lo que vamos a cobrar cada uno…
    Cualquier cosa, yo te ayudo, o vos me ayudás.

    Me gusta

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