Se acerca una fecha clave para las escuelas primarias de Mendoza: el 15 de noviembre, cuando deberá verificarse qué estudiantes cumplen con el mínimo de asistencia establecido por la normativa. Incluso quienes tengan todas las materias aprobadas podrían tener que continuar asistiendo en diciembre. Un reciente memorándum de la DGE aclara cómo realizar el cálculo y qué faltas deben considerarse.
El Calendario Escolar 2026 establece el viernes 27 de noviembre como fecha de finalización de clases para los estudiantes que cumplan las condiciones correspondientes. En cambio, quienes tengan aprendizajes pendientes deberán continuar en el período complementario, previsto del 30 de noviembre al 18 de diciembre.
Pero ¿qué sucede con aquellos alumnos que tienen todo aprobado y acumulan numerosas inasistencias?
Para responder esta pregunta, es necesario considerar la Resolución DGE N.º 311/2026 y las aclaraciones del Memorándum N.º 709/2026, emitido por la Dirección de Educación Primaria.
El 15 de noviembre, una fecha clave para la asistencia
El artículo 11 de la Resolución DGE N.º 311/2026 establece el 15 de noviembre de cada ciclo lectivo como fecha de referencia para determinar qué estudiantes no alcanzan el mínimo del 80 % de asistencia y deben concurrir al período de intensificación de diciembre, independientemente de sus calificaciones.
Es decir, tener todos los espacios curriculares aprobados no garantiza, por sí solo, finalizar las clases el 27 de noviembre.
¿Qué ocurre si un alumno tiene todo aprobado, pero muchas faltas?
La Resolución 311/2026 establece una asistencia anual del 90 % y fija el 80 % como umbral mínimo para determinar la concurrencia obligatoria al período de intensificación por inasistencias.
Pero hay una aclaración fundamental: no todas las faltas se consideran de la misma manera.
El Memorándum 709/2026 precisa que la obligación de concurrir a intensificación por este motivo corresponde a los estudiantes que no alcanzan el 80 % debido a inasistencias injustificadas.
Por lo tanto, un alumno puede superar el 20 % de faltas totales y no estar obligado a continuar en diciembre por asistencia si esas ausencias están debidamente justificadas.
¿Cuántas faltas puede tener un alumno?
No existe una cantidad de faltas igual para todas las escuelas.
El memorándum indica que cada establecimiento debe consultar en el sistema GEI los días efectivos de clase de cada sección y calcular el 80 % de asistencia y el 20 % correspondiente al margen de inasistencias.
Estos son los ejemplos oficiales: Días efectivos de clase 80 % de asistencia Margen del 20 % 185 días 148 días 37 faltas 180 días 144 días 36 faltas
Estos números son ejemplos, no límites universales. Cada escuela debe realizar el cálculo con los días efectivos de clase de la sección correspondiente.
Además, para determinar la concurrencia a intensificación por asistencia, es fundamental distinguir entre las faltas justificadas y las injustificadas.
Cinco ejemplos prácticos: alumnos con todo aprobado y diferentes situaciones de asistencia
Para comprender cómo se aplica el régimen, tomemos los cinco casos que presenta el Memorándum 709/2026 y supongamos que todos los estudiantes tienen sus espacios curriculares aprobados.
Los ejemplos corresponden a una sección con 185 días efectivos de clase, donde el margen es de 37 inasistencias.
1. Un alumno tiene 40 faltas, todas justificadas
Ana registra 40 inasistencias respaldadas por certificados médicos o documentación válida.
Aunque supera las 37 faltas, no corresponde que continúe en diciembre por motivos de asistencia, porque todas están justificadas.
2. Un alumno tiene 38 faltas injustificadas
Pablo acumula 38 inasistencias sin justificación.
Como supera el margen de 37 faltas, deberá asistir al período de intensificación de diciembre, aunque tenga todo aprobado.
3. Un alumno tiene solamente 5 faltas injustificadas
Claudia registra 5 inasistencias injustificadas.
Como se encuentra dentro del margen permitido, no corresponde que continúe en diciembre por motivos de asistencia.
4. Un alumno tiene 40 faltas, pero solamente 15 son injustificadas
Julia acumula 40 inasistencias: 25 justificadas y 15 injustificadas.
Aunque el total supera las 37 faltas, no debe continuar por motivos de asistencia, porque las injustificadas se encuentran dentro del margen.
5. Un alumno falta por competencias deportivas oficiales
Laura registra 35 inasistencias por participar en competencias y torneos oficiales como deportista federada, con la documentación y los avales correspondientes.
Esas ausencias se consideran justificadas y, por lo tanto, no corresponde intensificación por asistencia.
La excepción se refiere a competencias oficiales debidamente acreditadas, no a entrenamientos habituales.

¿Qué demuestran estos ejemplos? Que no alcanza con mirar cuántas faltas tiene un estudiante. También es necesario determinar cuáles están justificadas.
¿Qué harán en diciembre los alumnos que ya tienen todo aprobado?
Cuando un estudiante acreditó todos sus espacios curriculares, pero debe continuar por inasistencias injustificadas, no significa que tenga que volver a rendir las materias que ya aprobó.
El período de intensificación permite recuperar días de asistencia y fortalecer los aprendizajes, especialmente aquellos abordados durante sus ausencias.
En estos casos, la continuidad en diciembre responde a la situación de asistencia del estudiante, no a que haya desaprobado los espacios curriculares.
¿Quién determina si un alumno debe continuar?
El Memorándum 709/2026 establece que el equipo directivo y docente debe analizar individualmente la situación de cada estudiante.
Para ello, se consideran los días efectivos de clase registrados en GEI, las inasistencias acumuladas y las justificaciones correspondientes.
Por eso, superar el 20 % de faltas totales no significa automáticamente tener que asistir en diciembre. Tampoco tener todo aprobado garantiza finalizar el 27 de noviembre.
Ante cualquier duda, las familias pueden consultar en la escuela las inasistencias registradas y verificar que se hayan incorporado las justificaciones presentadas.
En resumen: ¿quiénes terminan las clases el 27 de noviembre?
Situación del alumno ¿Qué corresponde? Tiene todo aprobado y cumple las condiciones de asistencia. Finaliza las clases el 27 de noviembre. Tiene todo aprobado, pero supera el margen de faltas injustificadas. Debe continuar en diciembre. Tiene todo aprobado y las faltas que exceden el margen están debidamente justificadas. No debe continuar por motivos de asistencia. Tiene aprendizajes pendientes, independientemente de sus faltas. Debe asistir a las instancias complementarias correspondientes.
En definitiva, tener todo aprobado es importante, pero no es la única condición para terminar las clases el 27 de noviembre. La asistencia también cuenta y, especialmente, la diferencia entre faltas justificadas e injustificadas.
Normativa de referencia
- Resolución DGE N.º 311/2026: régimen de asistencia, puntualidad y permanencia de estudiantes de Educación Primaria.
- Memorándum N.º 709/2026: cálculo del 80 % de asistencia y ejemplos de aplicación.
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