La DGE viene realizando las gestiones para pagar lo adeudado por ítem zona a miles de docentes y en algunos casos el cobro de tal deuda supera los máximos establecidos por la ley de impuesto a las ganancias, por ello para lograr ser exceptuado de esa retención se aportan los datos necesarios para realizar el trámite.
Recuerde que si su liquidación supera los monto máximos establecidos por la Ley del Impuesto a las Ganancias se le realizarán las retenciones correspondientes, exceptuando a quienes hagan opción del Artículo 18 Inciso b de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Para adherirse a la opción deberá presentar una nota en la oficina de Auditoría y Control de la Legalidad, ubicada en Casa de Gobierno Ala Este 3° Piso – tel: 261- 4492780
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Otras novedades sobre la deuda por item zona
- Existen escuelas en proceso de cálculo – Ingrese periódicamente para verificar otros acuerdos –Los mismos estarán disponibles durante el mes de abril.
- El monto corresponde a la suma de capital e intereses devengados al 01/02/2018.
En caso de que el beneficiario haya fallecido, el acuerdo deberá ser presentado en la Subsecretaría de Administración (o en las delegaciones) firmado por el administrador de la sucesión, adjuntando:
- El auto de apertura de la sucesión
- Designación del administrador de la sucesión
- Declaratoria de herederos
Consultas sobre pasos para cobrar la deuda a la oficina de la Subsecretaría de Administración al Teléfono: 261-4492881
Enlaces
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