Aplicación de la Ley 9054 en las escuelas

LEY 9054 BASE

Se ha dado a conocer la reglamentación de la Ley 9054, con esta norma la DGE puede brindar herramientas, asistencia y acompañamiento a los docentes de la provincia, en situaciones vulnerabilidad por hechos de abuso o violencia en el ámbito educativo.

¿Qué cambios implica la nueva ley?

El nuevo protocolo trata sobre situaciones de abuso sexual o maltrato infantil, defensoría del docente  ante casos de agresión  y modificación del código de faltas para quien agreda a un trabajador de la escuela.

¿Qué implica el nuevo protocolo?

El docente queda desvinculado de la responsabilidad de realizar la denuncia ante la justicia, quedando a cargo la Asesoría de Personas menores e incapaces dependiente del ministerio de Defensa Publica.

¿Cómo procedemos en estos casos con el nuevo protocolo?

Ante un indicio de abuso o violencia, el docente o autoridad institucional realiza un acta que es elevada a la Asesoría de Personas Menores e incapaces, detallando lo ocurrido.

¿Cómo hacemos entrega del Acta?

El Acta se envía a la Asesoría de Personas Menores e incapaces y a la OAL, a través de: papel, whatsApp y email.

También se deberá poner en conocimiento a la DOAITE y servicio de orientación de la Institución.

¿Cómo interviene la Asesoría mencionada?

Esta Asesoría interviene formulando la denuncia a la unidad fiscal correspondiente. Es importante destacar que el docente no queda vinculado como denunciante.

DEFENSOR DEL DOCENTE

¿Qué representa la figura del defensor del docente?

Esta nueva figura brinda todas las herramientas pertinentes de forma gratuita, para asisitir al docente frente a las agresiones de terceros en cumplimiento de su función.

Asiste al docente en la formulación de denuncias y en su defensoría, en aquellos supuestos o causas judiciales de violencia generadas en la institución.

En la Dirección de Asuntos Jurídicos de la DGE se brinda  asistencia al respecto llamando al teléfono 4492750.

 

 

CÓDIGO DE FALTAS

¿Qué implican las modificaciones?

Las modificaciones en el código endurece penas y multas por ofender en forma personal y directa con burlas, palabras o actos hacia un docente o no docente que trabaje en una institución educativa.

¿Que gravedad revisten este tipo de faltas?

Las faltas hacia el personal docente se consideran equivalentes a una falta hacia la investidura del gobernador.

VER VIDEO INSTITUCIONAL DE LA DGE

MEDIO PARA INFORMAR ACTA

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2 comentarios en “Aplicación de la Ley 9054 en las escuelas

  1. Buenas tardes. Podría usted ayudarme con los pasos a realizar para la entrega de los remitos correspondientes a Becas Docentes, ya que quise entregarlos en Delegación Centro y me dijeron que se colocaba en un sobre marrón pero no me quedó claro. Muchas gracias!!

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