Para el concurso de Concentración por acrecentamiento y/o traslado deben obligatoriamente presentar el certificado psicofísico válido, vigente y especifico. Respecto a la vigencia el Gobierno Escolar ha dispuesto la extensión con una tanda de psicofísicos para quienes participan en el concurso.
Los certificados psicofísicos están reglamentados por las resoluciones 29 y 172 de la DGE del año 2017 y es el Gobierno Escolar el que tiene la atribución de determinar la duración y validez de los mismos y en este sentido por medio de una nueva resolución publicada hoy en el Boletín Oficial es que, ahora se determina la extensión de los psicofísicos «APTOS» que se encuentren vencidos a partir del 01 de marzo de 2020, de aquellos/as docentes inscriptos/as en el Concurso de Concentración por Acrecentamiento y/o Traslado de horas cátedra y/o cargos del nivel secundario.
Vale recordar que más allá de la fecha de vencimiento que figure en el certificado emitido por el Servicio de Auditoria Médica, la duración y validez de un certificado que es «APTO Y APTO CON PREEXISTENCIA» es de 8 años a partir de su fecha de emisión, siempre que haya sido emitido desde el 1/1/12 en adelante.
Por lo tanto los psicofísicos vencidos son aquellos que fueron emitidos en el año 2012 y precisamente debido a que en marzo de 2020 la atención del Área de Psicofísicos de la DGE se interrumpió debido a al contexto de pandemia, es que varios agentes no pudieron realizar la renovación en tiempo y es por este motivo que solo a los fines del concurso de concentración se aceptarán los certificados APTOS vencidos a partir del 1 de marzo de 2020.
De todas formas desde la DGE se establece que los docentes que se encuentren con el psicofísico vencido y a la vez beneficiados por la extensión de la nueva Resolución, deberán igualmente continuar con la actualización de su Certificado de Aptitud Psicofísica, cumpliendo con los turnos y trámites ya iniciados, según los plazos que comunique el Servicio de Auditoría Médica.