¿Cómo son los cuarto llamados para suplencias docentes en secundaria?

La instancia de un cuarto llamado abre la posibilidad para quienes no poseen bono de puntaje y la participación de estudiantes del nivel superior con un mínimo de materias aprobadas. Los requisitos se flexibilizan a partir de un octavo llamado.

Las suplencias en la docencia de las escuelas públicas de Mendoza se realizan a través de los concursos que se realizan según la normativa vigente para cada nivel y modalidad educativa en donde la herramienta base para el postulante es: el bono de puntaje vigente y actualizado.

En esta publicación, Miguel Duarte, quien lleva 10 años desempeñándose como como secretario escolar en las instituciones del nivel medio y es más conocido en las redes por la web «Secretario Mike, e incluso brinda charlas sobre el tema en la Subsecretaría de Egresados de la Facultad de Filosofía y letras de la UNCuyo, se centrará en el proceso de los denominados «cuarto llamados» y siguientes para el nivel secundario.

Razones por la que muchos docentes deben recurrir al cuarto llamado aún siendo docentes.

La herramienta para participar en los concursos a suplencias desde el primer llamado, es el Bono de Puntaje, sin embargo en el nivel secundario, no es tan sencillo el sistema para acceder al mismo, pues aunque en niveles como la primaria, los maestros renuevan sus bono de año en año, en las escuelas secundarias esto no es así, sirva de ejemplo que en la actualidad aunque estamos en el año 2023, se utiliza el Bono Secundaria 2018 ( con puntaje otorgado a través de la tabulación de antecedes hasta el 30/6/17) y el anterior fue el Bono 2011.

Sin embargo todos los años se gradúan nuevos profesores que necesitan trabajar en las escuelas secundarias y visto que no pueden estar en lista de espera hasta que el Gobierno Escolar disponga emitir un nuevo Bono de Puntaje, la salida provisoria que ofrecen las Juntas Calificadoras, es emitir un Bono de Puntaje llamado «Condicional» y cuya inscripción sucede una vez al mes de forma virtual en donde se cuenta con 24 horas para su tramitación, pero solo se trata de un bono en la modalidad de «fin de mes» que únicamente otorga un puntaje base para el que es profesor y no permite sumar otros antecedentes, para lo cual deberá esperarse a la emisión general en el futuro inminente.

Fechas del 2023 para solicitar el Bono Condicional:

Vale aclarar además que la tramitación del Bono de Puntaje solo se hace cuando el interesado realizó previamente el «registro» del título en el Departamento de Títulos y Estudios de la DGE, a la fecha dicho trámite es virtual y se realiza a través de la ventanilla única, pero conlleva un tiempo de espera que va de los 30 a 45 días. Salvo situaciones excepcionales, solo se registran títulos definitivos.

Por lo tanto un egresado de la carrera de un profesorado que esperó a recibirse y que le entreguen el título y de ahí en más pasar por el sistema de trámites de cada oficina en donde primero debe registrar el título, aguardando a que el trámite culmine, luego crear cuenta GEM, gestionar el rol para docente, luego esperar a la fecha más cercana a la inscripción de Bono de Puntaje, pasando el proceso de revisión y que finalmente sea emitido, ya habrán transcurrido varios meses. Además una vez que se obtiene el Bono de Puntaje, en los llamados se le va a exigir el Psicofísico reglamentario ( que se tramita acreditando bono de puntaje) y que conlleva una demora mayor a 3 meses, por lo que fácilmente un recién recibido puede demorar un año entre trámite, tras trámite hasta tener todo en condiciones para participar en los primeros llamados a suplencia, razón por la que un cuarto llamado y la participación con carpeta de antecedentes, sea un puente que le facilite al interesado, el ingreso al sistema de forma más rápida.

Por otra parte en las últimas semanas se ha observado que hay escuelas que ya van por el llamado número 20 o 21 y sin postulantes que acepten las suplencias. Aunque a veces esto solía ser frecuente en escuelas de difícil acceso, conflictivas o por tratarse de suplencias cortas , ahora se observa que se llega fácilmente un cuarto llamado en las escuelas de Mendoza.

Ejemplo de llamados con carpeta de antecedentes

PRIMEROS PASOS

A veces muchos docentes con experiencia en el sistema, suelen guiar o aconsejar a los nuevos, con buenas intenciones pero le hablan desde la perspectiva de cómo lo hicieron ellos en su época y eso suele confundir a los nuevos aspirantes ya que mezclan conceptos de tradiciones antiguas o información que ya no es vigente. Por ejemplo: a veces los postulantes pierden tiempo en «legalizar» títulos, cuando no es un requisito para la docencia o confunden los términos de «autenticar» con » registrar». Otros se obsesionan con la carpeta de antecedentes en papel ( cuando en la práctica es todo virtual) y hacen ponerle a todo con la leyenda «es copia fiel» cuando en los llamados virtuales, un escaneo de una «copia fiel» hace que el postulante quede fuera del concurso o los mandan a oficinas que ya no existen, desconociendo que ahora la gestión es virtual.

Es requisito para poder participar en los llamados a suplencias virtuales de secundaria, contar con cuenta GEM y además el rol habilitado para participar de los llamados: «rol PAD» como docente. Para ver más detalles consultar el siguiente LINK.

CARPETA DE ANTECEDENTES: Debido a que los llamados a suplencias en secundaria son virtuales, la carpeta de presentación en realidad estará compuesta de varios archivos en PDF, y que se irán subiendo en las pestañas correspondiente de la plataforma GEM (Gestión Educativa Mendoza) cada vez que se participe en un llamado a suplencias.

La «carpeta de antecedentes» ahora VIRTUAL, se integra de diferentes archivos digitales que se van cargando según la normativa vigente. Los escaneos siempre deben hacerse desde la documentación original, que sean legibles y completos. No se debe hacer escaneos a documentación con sellos que digan «copia fiel». Cuando se trate de archivos electrónicos (que poseen firmas electrónicas) o digitales emitidos en ese formato desde su lugar de origen ( como por ejemplo la constancia de Cuil que se descarga de la web de Anses o la de antecedentes penales, etc ) no es necesario que se impriman y le saquen foto, directamente esos archivos digitales se adjuntan en la postulación sin alterar su formato.

En el momento de una postulación en la plataforma GEM de un ofrecimiento a suplencia de un cuarto llamado o siguiente se debe adjuntar:

1- DNI (ambos lados, formato JPG o PDF)

2- Constancia de CUIL (formato JPG o PDF)

3 – TITULACIÓN en la que se concrete alguna de las siguientes situaciones:

  • Bono de Puntaje con la incumbencia respectiva
  • Bono de Puntaje sin incumbencia más analítico de la carrera ( completa o incompleta) en la que el postulante si posee incumbencia.
  • Título analítico registrado por el Área de Títulos y Estudios de la DGE con la incumbencia.
  • Título analítico registrado por el Área de Títulos y Estudios de la DGE SIN incumbencia, más analítico de la carrera ( completa o incompleta) en la que el postulante si posee incumbencia.

ACLARACIONES SOBRE TITULOS Y CERTIFICADOS

  • Para saber como registrar un título ver el siguiente LINK. Solo se pueden registrar Títulos, es decir que si se trata de un estudiante del nivel superior con materias aprobadas, solo podrá registrar el titulo secundario, ya que el analítico incompleto del nivel superior no se puede registrar.
  • Para los casos excepcionales (que avala la normativa vigente) de títulos provisorios de egreso de las Universidades, que cuentan con «el registro» fehaciente del Área de Título de la DGE, a los fines del concurso de suplencias , tienen validez de un año a partir de su fecha de emisión. (Circular 1/23 Junta Secundaria).
  • CERTIFICACIONES DE CARRERAS INCOMPLETAS DE ESTUDIANTES: Deben contar con un mínimo de 10 materias aprobadas. (Los ciclos nivelatorios no habilitan para el desempeño en la docencia, ni las materias aprobadas dentro de ellos, no se computan). Respecto a la condición de estudiante, a los fines de probar la misma, se debe adjuntar el certificado de alumno regular del presente ciclo lectivo coincidente con la carrera del certificado analítico. (o haber aprobado como mínimo un espacio curricular de la carrera incompleta dentro de los últimos 3 años desde la fecha del llamado).
  • En cuanto a las firmas de títulos y certificaciones de carreras incompletas deben llevar código QR , firma digital u holográfica de autoridad igual o superior a secretario académico o directora académico. No se aceptan constancias de materias rendidas sin esas características.
  • Es importante que en los certificados analíticos incompletos figure: Promedio parcial de las materias aprobadas y Fecha de ultima materia rendida y aprobada
  • Los TÍTULOS OBTENIDOS, serán tabulados como Titulo obtenido sin registrar.

5- PSICOFISICO: Escaneo del certificado psicofísico original. En este caso si nunca ha trabajado en la docencia y no posee bono de puntaje, se podrá presentar un certificado emitido por un Hospital o Centro de Salud de gestión estatal.(Basta que diga que es «apto para la docencia» o cargo a postularse con firma y sello del profesional y de la entidad pública de salud). Ahora bien si posee bono de puntaje, debe presentar el psicofísico reglamentario que emite el Servicio de Auditoría Médica de la DGE.

En cuanto a la vigencia del certificado psicofísico alternativo para los casos excepcionales tendrán:

  • validez de 60 días a partir de su fecha de emisión cuando se traten de certificados de un centro de salud u hospital público.
  • Validez indicada en el certificado cuando se trate de CONI.

Las pautas a seguir según la Res. 29-DGE-17 y 172-DGE- 17 para las Suplencias en 4° llamado: el docente que no posea Bono de Puntaje y opte por 1° vez, podrá presentar un certificado expedido por efector público por única vez. Obtenida la suplencia, tendrá cuarenta y ocho (48) horas hábiles para hacer visar dicho Certificado en la dependencia administrativa de salud autorizada, donde le será retenido y entregado el Código para tramitar el Certificado de Aptitud Psicofísica ante el mismo. Dicho Código deberá ser acreditado inmediatamente en el establecimiento educativo donde accedió a la suplencia y le servirá para optar a otras suplencias sólo en 4° llamado, durante sesenta (60) días corridos, a partir de su fecha de emisión.

Es decir que en el caso de los que no poseen psicofísico reglamentario por no tener bono de puntaje y accedan a su primera suplencia, a partir de ahí y durante los próximos 60 días podrán presentarse a otros llamados con el psicofísico «Apto» que que posee, más la constancia que acredita que tiene en curso el psicofísico reglamentario en trámite.

NO SE PUEDE CONCURSAR CON TURNOS, O CERTIFICADOS INCOMPLETOS, HOJAS DE RUTA, ETC.

6 – DECLARACION JURADA DE HORAS Y CARGOS. Se trata de un formulario digital que se obtiene desde el sistema GEM y tiene una vigencia de 7 días desde su emisión. En un llamado virtual la declaración jurada ya figura en el sistema, sin embargo si la misma posee errores, entonces habrá que adjuntar las probanzas necesarias que rectifiquen dicha situación. Para más detalles consultar la sección DDJJ

Para poder participar de un llamado virtual es necesario tener creada una cuenta personal en GEM y además tener activado el «ROLPAD» caso contrario no podrá participar en las postulaciones para las suplencias en cuarto llamado del nivel secundario.

7– CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES: A partir del 11 de abril de 2022 es requisito presentar en los concursos a suplencia (VER DETALLES)

En los llamados virtuales, el orden de méritos realizado por la escuela se conoce 24 horas después de haberse realizado el llamado en el sistema GEM. Quien sea ganador y reúna los requisitos podrá optar, caso contrario, se ofrece la suplencia a los que siguen en el orden de méritos.

Para saber el paso a paso en el sistema GEM de un cuarto llamado, consultar el siguiente LINK.

SITUACIONES A PARTIR DE UN OCTAVO LLAMADO

Cuando una escuela no logra cubrir la suplencia a medida que avanzan los llamados y van quedando «no cubierto», a partir del octavo llamado se flexibiliza el requisito en cuanto a la titulación, pues se podrá aceptar a postulantes sin incumbencia que acrediten IDONEIDAD, también considerar las postulaciones de quienes poseen título afín pero que a la fecha no poseen incumbencia, estudiantes de carreras con incumbencia pero con menos de 10 materias o bien con certificados de idoneidad.

NORMATIVA DE CONSULTA CUARTO LLAMADO SECUNDARIAS

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