Aguinaldo para docentes suplentes 2026: quiénes lo cobran, cómo se calcula y qué se sabe de la fecha de pago

Aguinaldo para docentes suplentes 2026: quiénes lo cobran, cómo se calcula y qué se sabe de la fecha de pago.

Agosto ya está en marcha y vuelve una de las consultas más repetidas entre los docentes y celadores reemplazantes de Mendoza: ¿cuándo se paga el aguinaldo?

Aunque por el momento la Dirección General de Escuelas no informó la fecha oficial de acreditación, todo indica que, como ocurre tradicionalmente cada año, el pago del Sueldo Anual Complementario (SAC) para el personal suplente se realizará durante el mes de agosto.

Mientras se espera la confirmación oficial, repasamos cómo funciona esta liquidación y quiénes son los agentes que la perciben.

¿Por qué los suplentes cobran el aguinaldo en agosto?

Aunque los docentes titulares y reemplazos equipados cobraron su aguinaldo en junio de 2026, los reemplazantes en general cobran la primera cuota del Sueldo Anual Complementario durante agosto siguiendo una modalidad que se mantiene desde hace años.

Esto se debe a que las novedades del personal suplente se liquidan a mes cumplido. Es decir, recién con la liquidación de los haberes de junio —abonada a fines de julio— queda cerrado el período enero-junio, permitiendo calcular correctamente el aguinaldo correspondiente al primer semestre.

¿Qué período se tiene en cuenta?

Para el cálculo de la primera cuota del SAC se consideran las remuneraciones devengadas entre enero y junio de 2026.

Se toma como referencia la mayor remuneración mensual percibida durante ese semestre.

¿Qué conceptos incluye el aguinaldo?

En la liquidación del SAC suelen detallarse los siguientes conceptos:

SAC Remunerativo (Ítem 3613)

SAC No Remunerativo (Ítem 3623)

Quienes no hayan trabajado todo el semestre percibirán un aguinaldo proporcional al tiempo efectivamente trabajado.

¿Por qué algunos suplentes ya cobraron el aguinaldo en junio?

Desde la entrada en vigencia de la Ley 9208, algunos reemplazantes pasaron a revestir la condición de suplentes equiparados.

Se trata, de quienes reemplazan licencias encuadradas en los artículos 48, 61 y 62 de la Ley 5811, así como quienes desempeñan suplencias en cargos u horas vacantes y que efectivamente han sido alcanzados por el trámite de estar equiparados.

Estos agentes perciben sus haberes con la misma modalidad que el personal titular y, por ese motivo, también cobran el aguinaldo junto con la liquidación general de junio.

No obstante, puede ocurrir que algún docente haya trabajado durante el período enero-junio bajo la modalidad de equiparado y, por alguna situación administrativa, no haya percibido el SAC en junio. En esos casos, la liquidación suele regularizarse posteriormente.

¿Cuándo se paga el aguinaldo a los suplentes?

Por el momento no existe una fecha oficial confirmada para la acreditación del aguinaldo correspondiente al primer semestre de 2026.

Sin embargo, tomando como referencia lo ocurrido en años anteriores, el pago suele realizarse durante las primeras semanas del mes de agosto.

Apenas la Dirección General de Escuelas informe oficialmente la fecha de pago, Secretario Mike lo comunicará por todos sus canales habituales.

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