Acuerdo de pagos de indemnizaciones para los agentes de la DGE

La Dirección General de Escuelas informa a los docentes beneficiados por el pago de antigüedad e indemnizaciones que deben ingresar en el aplicativo con el instructivo donde se explican los pasos a seguir para la cancelación de la deuda y efectuar el correspondiente cobro a recibir.

En esta primera tanda, 2.642 trabajadores de la educación recibirán lo adeudado, de los cuales 2.498 corresponde a antigüedad, y el Gobierno provincial desembolsará $19.956.618.

En los casos de indemnizaciones, corresponden a 144 docentes, lo que tendrá un costo de $10.338.423,81.

Por lo tanto, el Gobierno saldará una deuda con los trabajadores de $30.295.041,81 entre antigüedad e indemnizaciones.

Las indemnizaciones son referidas a las del articulo 49 de la ley 5811, de fallecimientos y reclamos sobre antigüedad que no han sido liquidados de años anteriores.

Ingreso Aplicativo

El primer paso a realizar es ingresar el CUIL donde aparecerá un detalle del cobro a recibir. Los docentes deberán firmar frente a un director un acuerdo de conformidad por cada expediente, y presentarlo en cualquier establecimiento educativo estatal. Los directores serán preparados a partir de este jueves para realizar la carga del acuerdo en cuestión en el GEM y presentarlo, además, en la delegación respectiva.

El paso anterior deberán realizarlo todos los docentes que acepten el acuerdo, tanto los que se encuentran en una instancia judicial como los que están en una instancia administrativa.

En caso de que el beneficiario haya fallecido, el acuerdo deberá ser presentado en las escuelas por el derechohabiente adjuntando lo siguiente:

  • Auto de apertura de la sucesión.
  • Designación del administrador de la sucesión.
  • Declaratoria de herederos.
  • Copia del expediente administrativo donde figure la persona como derechohabiente del beneficiario.

Importante:

  • Plazo de Presentación de Convenios vence el día 31/08/2018.
  • Por dudas respecto a convenios ‘YA PAGADOS’ comunicarse al Área de Sueldos de Tesorería (Tel. 4492758 – 4492747).
  • Para otras consultas comunicarse al Área de Administración de la DGE (Tel. 4492881).
  • Recuerde que si su liquidación supera los montos máximos establecidos por la Ley del Impuesto a las Ganancias se le realizarán las retenciones correspondientes, exceptuando a quienes hagan opción del Artículo 18 Inciso b de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Para adherirse a la opción deberá presentar una nota en la oficina de Auditoría y Control de la Legalidad, ubicada en Casa de Gobierno Ala Este 3° Piso.
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