En el mes de diciembre se acredita el pago de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) de este 2022. ¿Qué corresponde tener en cuenta para su liquidación? ¿Cómo aplica a docentes y celadores suplentes?
Por Ley, la segunda cuota del año en concepto de aguinaldo, debe abonarse con fecha límite al 18 de diciembre. El Gobierno de Mendoza confirmó que se hará efectivo el viernes 16 de diciembre del 2022.

¿Qué se tiene en cuenta para su liquidación?
Para el cálculo de la segunda cuota del SAC, se toma como base el periodo trabajado según los haberes de los meses de julio a diciembre.
Se tiene en cuenta la mayor remuneración del periodo, es decir que para el caso puntual de los docentes y celadores de Mendoza, que a lo largo del año han tenido un aumento escalonado, se tomará como referencia el último aumento del 2022 que se hará efectivo en diciembre de 2022.
Vale recordar que para esta liquidación no se incluyen los conceptos no remunerativos, por lo tanto se deben excluir los ítems como incentivo docente, material didáctico, conectividad y/o similares.
Es importante destacar que quienes no hayan estado trabajando en el periodo mencionado de forma completa , se tendrá en cuenta un cálculo proporcional según lo trabajado por el agente.
En síntesis, en el transcurso del mes de diciembre de 2022 van a recibir el pago de la 2da cuota del SAC, el personal TITULAR y los reemplazantes «equiparados», por lo trabajado en el periodo: julio a diciembre 2022.
CASOS EN DONDE LA SITUACION DE REVISTA HA CAMBIADO EN EL PERIODO: JULIO A DICIEMBRE 2022.
Hay casos en donde la situación de revista no ha sido estática, pues en este segundo semestre del 2022 ha habido muchos movimientos docentes por diferentes concursos. Por ejemplo en el nivel secundario muchos suplentes que estaban en calidad de «equiparados» tuvieron su baja el 31/7/22 y aunque en agosto volvieron a tener altas, algunos pasaron a ser titulares y otros pasaron a tener nuevas suplencias. En este sentido vale aclarar que para los casos en donde el suplente titularizó no debería tener variaciones en su liquidación regular del aguinaldo, sin embargo en el caso de los suplentes «equiparados» que han tenido baja al 31/7 y luego altas con nuevos reemplazos a partir de agosto a la fecha, van a tener discriminados 2 pagos de aguinaldo: ahora en diciembre un pequeño proporcional por lo trabajado en el mes de julio, ya que fue el único mes que se le liquidó como titular en el periodo considerado para la 2da. cuota del SAC y por otra parte los servicios prestados en calidad de reemplazo a partir de agosto, serán liquidados recién en febrero del 2023.
PERSONAL REEMPLAZANTE EN GENERAL
El personal reemplazante cobrará su segunda cuota del SAC, en febrero del 2023, tal como siempre ha sido. Esto responde a que las novedades para este grupo se liquidan a mes atrasado, pues recién a fin de enero del 2023 se estará pagando el mes de diciembre a los suplentes, por ende a principios de febrero se puede realizar el cálculo correspondiente para su liquidación.
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Hola una consulta. En agosto tomé una suplencia de secretaria en cargo vacante. Y no puedo realizar x el 148 ni por GEM de la escuela la equiparacion salarial. Alguien sabe donde o como puedo realizarlo. Gracias!
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Mike sabrás la fecha estimada del SAC segunda cuota de suplentes que trabajaron el año 2.022.
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Misma pregunta 🙂
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